Libro Tesis Bianca Racioppe.indb - Artica – Centro Cultural 2.0
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tipo diferente de licenciamientos- no incluye ni representa a los autores que, haciendo uso<br />
de su derecho de autor, permiten otros usos de sus obras.<br />
Más allá de esto, desde Creative Commons intentaron un acercamiento con las gestoras<br />
colectivas para articular sus licencias abiertas. En 2007 Creative Commons inició un<br />
contacto con la Confederación Internacional de Sociedades de Autores y Compositores<br />
(CISAC), que nuclea a gestoras colectivas de distintos países; pero desde la CISAC califi -<br />
caron a las licencias Creative Commons como una amenaza para los derechos morales y<br />
económicos de los creadores. 326<br />
Por este motivo, Creative Commons, en tanto organización, emprendió un proyecto<br />
para que los usuarios de las licencias puedan agregar condiciones para la negociación de<br />
sus derechos económicos.<br />
“La baja compatibilidad, o bien el rechazo directo, de su sistema de licencias abiertas<br />
por parte de estas instituciones produjo que Creative Commons cambiara su<br />
estrategia a nivel global. En 2007 comenzó a diseñar nuevas soluciones para extender<br />
el uso de sus licencias hacia una autogestión comercial que podrían hacer<br />
los usuarios de las licencias. En diciembre de 2007 lanzó un proyecto llamado CC+<br />
[o CCPlus] orientado a desarrollar una plataforma [un protocolo] que permita a<br />
los usuarios de las licencias abiertas agregar otros acuerdos, licencias o nuevas<br />
condiciones para la negociación directa de sus derechos patrimoniales. El proyecto<br />
CC+ está siendo desarrollado en conjunto con agencias privadas de gestión<br />
de derechos patrimoniales de EE.UU. y varias corporaciones comerciales de las<br />
industrias culturales a nivel global” 327<br />
326 El informe anual de la CISAC 2007 expresa: “Los miembros del CIAGP [Consejo Internacional de Artes Gráfi cas,<br />
Plásticas y Fotográfi cas] sostuvieron que la propia naturaleza de los acuerdos CC (mundial, perpetua, sin control sobre<br />
la modifi cación o la procedencia) presentaba la mayor amenaza para los derechos morales y económicos básicos de los<br />
creadores.” Pág. 13<br />
327 Vercelli, Ariel (2009) Repensando los bienes intelectuales comunes; Buenos Aires. Pág. 154.<br />
pag. 169