10.07.2015 Views

TRABAJO Y FAMILIA

TRABAJO Y FAMILIA

TRABAJO Y FAMILIA

SHOW MORE
SHOW LESS

Create successful ePaper yourself

Turn your PDF publications into a flip-book with our unique Google optimized e-Paper software.

CAPÍTULO IIIEn Argentina y Cuba existe la opción de “excedencia”: al término de la licencia dematernidad, la mujer puede optar por cuidar a su hijo durante el primer año devida 3 . Esto sin remuneración ni aportes a la seguridad social. Tampoco se computaen la antigüedad, pero sí se mantiene el puesto de trabajo. Varios países, además,mencionan explícitamente en sus legislaciones el derecho a tomar vacacionesinmediatamente después de terminar la licencia de maternidad.La existencia de guarderías o centros de cuidado es una medida fundamentalpara que los trabajadores puedan conciliar sus responsabilidades familiares conlas obligaciones relacionadas al empleo. En las leyes laborales de varios países seexplicita el deber del empleador de brindar estos servicios (en el local de trabajo oa través de la contratación de un proveedor externo). Lo problemático es que estaobligación generalmente se define en función del número de empleadas mujeres.Esto, con la excepción de Bolivia, Ecuador y Paraguay.De acuerdo con el Convenio 156, el Estado debe proveer o garantizar la organizaciónde servicios de cuidado. Fuera del ámbito de la legislación laboral, en lospaíses de la región existen diversas iniciativas públicas relativas a servicios decuidado –sobre todo infantil– pero en ninguno de estos casos se garantiza coberturauniversal. Los Estados implementan programas de cuidado no solamenteen el marco de medidas de seguridad social sino también como parte de suspolíticas educativas. Estas, sin embargo, no siempre consideran las necesidadesde las madres y padres trabajadores. Por eso, muchas veces el horario, los costoso la calidad de los programas pre-escolares y escolares no facilitan la conciliaciónde vida laboral y familiar.La existencia deguarderías o centros decuidado es una medidafundamental paraque los trabajadorespuedan conciliar susresponsabilidadesfamiliares con lasobligaciones relacionadasal empleo.3 En Argentina, se contempla un período de entre tres y seis meses. En Cuba, para menores de un año, elpermiso es de nueve meses; y para menores de 16 años, de seis meses. Esto para padre/madre.93

Hooray! Your file is uploaded and ready to be published.

Saved successfully!

Ooh no, something went wrong!