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lo fundamental. En ella destacan tres estructuras paralelas: la de dirección; la deoperación; y la de vigilancia: a la primera corresponde adoptar las decisiones sobrecómo organizar y administrar el proceso electoral, y comprende: al ConsejoGeneral del Instituto, a los consejos locales y a los consejos distritales, los dosúltimos órganos desconcentrados, limitados en su competencia a la esfera de unaentidad federativa o un distrito electoral uninominal, según el caso; la estructura deoperación es el área de carácter ejecutivo o administrativo donde se realizan lasdecisiones tomadas en los consejos, se concretiza en las juntas ejecutivas general,locales y distritales. La parte que corresponde a la vigilancia es la de lascomisiones, que se constituyen también a nivel central, estatal y distrital, paravigilar que la inscripción de los ciudadanos en el padrón electoral y en las listasnominales de electores, así como su actualización, se lleven a cabo en los términosestablecidos por la ley.Dicha distribución de áreas ha sido establecida por la propia Constitución, la quedispone que el Instituto contará en su estructura con órganos de dirección,ejecutivos y de vigilancia; y establece que los órganos ejecutivos y técnicos,dispondrán del personal calificado necesario para prestar el servicio profesionalelectoral; y que los órganos de vigilancia se integrarán mayoritariamente porrepresentantes de los partidos políticos nacionales.A los diversos órganos corresponderán el ejercicio de facultades y el cumplimientode deberes específicos, para que sea el Instituto quien, como autoridad en lamateria, en el marco legal correspondiente, y con apego pleno a los ya referidosprincipios rectores de certeza, legalidad, independencia, imparcialidad yobjetividad, disponga los medios necesarios para garantizar la renovación periódicade los poderes Legislativo y Ejecutivo de la Unión, mediante elecciones libres yauténticas, a fin de que el pueblo pueda ejercer su soberanía por conducto de ellos.Ahora bien, debe destacarse que, merced a lo trascendente que para la vida nacionales el ejercicio de las facultades conferidas al Instituto, para su integración se hadispuesto un mecanismo especial que contempla la concurrencia tanto del PoderLegislativo de la Unión, como de los partidos políticos nacionales y de losciudadanos 24 .5.1. Órganos de dirección

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