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Recibe pruebas en los treinta días naturales (se puede ampliar);Terminada la instrucción se da vista a las partes denunciante y denunciado portres días naturales a cada uno;Las partes presentan sus alegatos en los seis días naturales posteriores;La sección elabora conclusiones en los sesenta días naturalessiguientes (se puede ampliar por quince días más) y las entrega a los secretariosde la cámara para que den cuenta al presidente y se cite para reunión y resolvercon la asistencia del denunciado, las mismas deben contener:• Que está legalmente comprobada la conducta;• Que se encuentra acreditada la responsabilidad;• Proponer la sanción; y• Que para el caso de aprobarse se turne a la Cámara de Senadores.El procedimiento debe llevarse a cabo dentro del período ordinario o extraordinarioen que se haya iniciado o el siguiente.El día de la audiencia, la cámara se erige en órgano de acusación, se da lecturaa las constancias procesales, se concede el uso de la palabra a las partes conderecho a réplica, se retiran y se vota (por mayoría absoluta de los presentes);Si no procede, el denunciado continúa en su encargo;Si procede, se le pone a disposición de la Cámara de Senadores y se envía unacomisión para que sostenga la acusación.Cámara de Senadores:Recibida, se turna a la sección de enjuiciamiento y se cita a los diputados y alacusado para que presenten alegatos en los cinco días naturales; yActo seguido, la sección de enjuiciamiento formula conclusiones expresandosanción y preceptos legales en que se funde (puede escuchar directamente a laspartes y ordenar la práctica de diligencias) entrega a la Secretaría de la Cámarade Senadores.

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