11.07.2015 Views

completo

completo

completo

SHOW MORE
SHOW LESS
  • No tags were found...

You also want an ePaper? Increase the reach of your titles

YUMPU automatically turns print PDFs into web optimized ePapers that Google loves.

3. REQUISITOS MATERIALES Y FORMALES DE LOS MEDIOS DEIMPUGNACIÓNComo se decía en otro capítulo, en materia electoral no existen aplicadas teoríaspuras; así en cuanto a requisitos se siguen en parte criterios dispositivos al exigirdesde siempre la instancia de parte, a través del escrito firmado, que en últimasfechas se precisa que sea de manera autógrafa y expresando el nombre delpromovente, que en la ley de 1987 se tenía que inferir del texto.Como cualquier demanda, en lo electoral resultó en las primeras leyes indispensableprecisar las pretensiones, pero en las últimas reformas se ha suavizado la exigenciae impuesto a la autoridad resolutora la obligación de deducirlas de los hechos en lostérminos del artículo 23 de la ley. Igual suerte corre la omisión o equivocación en lacita de preceptos jurídicos presuntamente violados.Tal vez la parte más criticable en este capítulo es la falta de distingo entre juicio yrecurso, cuando la construcción del escrito inicial difiere notablemente según elcaso; en la demanda, como ya lo expresa la ley basta identificar el acto de molestiacon mediana precisión para que opere el aparato jurisdiccional, el mejor ejemplo esla inconformidad, en donde la actuación a calificar en la mayoría de los casosproviene de las mesas directivas de casilla, y el acto queda registrado en el acta dela jornada, documento que no puede ser equiparable en un recurso, como el dereconsideración o apelación, en los cuales se impone superar jurídicamente losargumentos expresados en la sentencia de primer grado.Como se sostiene en otra parte, el establecimiento de reglas comunes, sin que en lasespeciales se complemente la regulación puede, como en el presente caso de losrequisitos de la demanda, tener inconvenientes que deben ser corregidos en lasiguiente actualización de la ley para que cada día se reflejen con mayor precisióninstituciones procesales que reglamenten el derecho al acceso de la justicia, susobstáculos para encontrar la verdad material a que aspira válidamente la sociedad,en otras palabras, una luz sin trampas técnicas.Los requisitos formales se pueden calificar como esenciales, sustanciales ofundamentales no subsanables, porque su omisión es causa de desechamiento del

Hooray! Your file is uploaded and ready to be published.

Saved successfully!

Ooh no, something went wrong!