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@Ver Imagen Graf_1.gif@4. EL REGISTRO FEDERAL DE ELECTORESUna vez ubicado el órgano interno encargado de la función registral electoral dentrodel organigrama del IFE, es factible entrar al estudio del Registro Federal deElectores.4.1. IntegraciónConforme al artículo 136 del COFIPE, el Registro Federal de Electores se divide endos secciones o mecanismos, cada uno con su respectivo propósito y técnicas deformación, los cuales se estudiarán en detalle en su oportunidad:‣ Catálogo General de Electores; y‣ Padrón Electoral.Ambas secciones son similares entre sí en la medida en que las dos constituyen, a lavez, una base de información acerca de los ciudadanos mexicanos con propósitoselectorales. Sin embargo, podría afirmarse que los datos contenidos en el catálogonos habla de información un tanto rústica, que sólo nos indica una potencialidadconsistente en la medición cuantitativa de la ciudadanía que en el mejor de losescenarios podría participar en el ejercicio del voto activo, en tanto que el padrónexpresa información depurada, que señala una posibilidad concreta y sustentable delos ciudadanos mexicanos que objetivamente pueden ejercer el voto activo, por estarhabilitados para tal efecto y por haber satisfecho los requisitos formales que paraese ejercicio se demanda en el COFIPE.4.2. FuncionesDe conformidad con el artículo 92, párrafo 1, del COFIPE, la Dirección Ejecutivadel Registro Federal de Electores cuenta con las siguientes atribuciones:a) Formar el catálogo general de electores;b) Aplicar en los términos del artículo 141 de este Código, la técnica censaltotal en el territorio del país para formar el Catálogo General de Electores;

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