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políticos, ora nulifica su voto, ora se abstiene de participar no emitiendo su voto enuna elección.El sufragio como función orgánica, parte de la característica de que los ciudadanosno intervienen en su calidad de particulares, sino mas bien como órganos delEstado. El artículo 39 constitucional, establece que la soberanía nacional resideesencial y originalmente en el pueblo, por lo que el ciudadano participa en laintegración de los órganos de elección popular. En este sentido, el sufragio nopuede definirse como una manifestación unilateral y exterior de la voluntadparticular, sino como una manifestación unilateral y externa de la voluntad de unpoder soberano; un acto jurídico concurrente relativo a la formación de la voluntadgeneral, esto es, la sola manifestación individual no perfecciona el acto.En los anteriores términos, el sufragio como función orgánica corresponde así a laconcurrencia de manifestaciones unilaterales de voluntad de los ciudadanos demanera libre, secreta, directa, personal e intransferible, por la que éstos en sucalidad de cuerpo político o electoral y órgano soberano del Estado, cumplen conuna obligación cívica de formar la voluntad general y que tiende a la integración delos órganos de elección del Estado 23 . Por lo anterior debe entenderse también, a lasmanifestaciones de voluntad del cuerpo electoral que participan en la integración delos órganos de elección de las entidades federativas.En materia federal, la función orgánica del acto electoral no es un acto que sucedacotidianamente, ya que se manifiesta en tiempos legalmente determinados comoelecciones ordinarias o, en su caso, elecciones extraordinarias y específicamente enel proceso electoral. Éste a su vez, está conformado por una serie de etapasperfectamente diferenciadas por plazos y actos electorales en los que participan nosólo los ciudadanos, sino también las autoridades electorales y los partidos políticos.El grado máximo de formalidad para el caso de las nulidades se encuentraconstreñido en la etapa de la jornada electoral e inicio de su subsecuentedenominada etapa de resultados y declaración de validez de las elecciones, en lasque se regula en forma pormenorizada la serie de actos que se inician desde lainstalación de la casilla, hasta su clausura y remisión de expedientes a los consejosdistritales.

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