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Por otra parte, la relación generada por la libertad hace del hombre un ser sociablepor naturaleza, confirmando así la antigua pero siempre presente tesis aristotélica deque “sólo siendo Dios o bestia, el hombre podría vivir lejos del mundo de loshumanos” 2 . De acuerdo con esta tesis no es posible concebir al hombre de maneraaislada, sino siempre en comunión con los demás, siendo ésta, además de unanecesidad inmanente del ser humano, una condición indiscutible para podersobrevivir, porque sólo en sociedad se encuentran las condiciones apropiadas paralograr la existencia, en donde el diario convivir con otros de la misma categoríapropician la solidaridad, la ayuda mutua y la unión, elementos básicos para lograrvida y realización. Como consecuencia, el hombre no existe por sí mismo, es decir,aisladamente, sino que se debe a los demás; de ahí que la unidad del hombre no sehaya en el hombre mismo, sino en la vinculación con los otros de su misma especie,siendo precisamente esta relación la que da origen a la familia, al clan, al grupo, ala sociedad y con el derecho, al Estado.Al remitirnos a la historia, encontramos dos sucesos importantes para el nacimientodel derecho: la población multiplicada con el transcurso del tiempo; y la apariciónde la propiedad cuando los grupos se volvieron sedentarios y con ella el concepto deriqueza. Esto generó que las actividades realizadas por los individuos y derivadas delas relaciones humanas se complicaran, por lo que no es de sorprender la existenciade conflictos, la mayoría de ellos solucionados por medio de la ley del más fuerte,la ley del talión o la venganza privada, según observamos en lo dispuesto por lasprimeras legislaciones que conocemos, entre ellas las de Urnammu, las de Lipit-Ishtar, las de la ciudad de Eshnunna y por supuesto las normas establecidas en elCódigo de Hammurabi las cuales tuvieron vigencia en la antigua Mesopotamia antesde Cristo y que al decir del maestro Margadant en su obra Panorama de la HistoriaUniversal del Derecho, Hammurabi era “un rey que, de acuerdo con las másrecientes investigaciones, debe haber gobernado aproximadamente entre 1728 y1686 a.C.” 3 . Posteriormente el Derecho se fue sistematizando y así encontramos elDerecho Egipcio, el Derecho de los Hititas, el Derecho Hebreo, el Derecho Griego,en el cual destaca la existencia de un Derecho Público y de la Filosofía Políticarelacionada con lo jurídico, gracias a los grandes filósofos de la época entre ellosSócrates, Platón y Aristóteles; el Derecho Romano, el cual conocemosprincipalmente a través de la recopilación del Corpus Iuris Civilis de Justinianoelaborado aproximadamente en el 527 y dividido en el Códex, el Digesto, lasInstitutas y las Novellae; el Derecho de la Edad Media y así sucesivamente hasta

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