11.07.2015 Views

completo

completo

completo

SHOW MORE
SHOW LESS
  • No tags were found...

You also want an ePaper? Increase the reach of your titles

YUMPU automatically turns print PDFs into web optimized ePapers that Google loves.

Guerra de Reforma con el “...triunfo definitivo de los liberales en la batalla de SanMiguel Calpulalpan, Estado de México” 90 . En septiembre de 1861, Juárez fuereelecto y en ese mismo año se expide la primera Ley de Amparo. En 1862,comienza la invasión francesa; en 1863, se ofreció formalmente la corona deMéxico a Maximiliano de Habsburgo 91 y, en 1867, triunfa Juárez y Maximiliano esfusilado. En 1869, se expidió la Ley de Amparo a fin de darle a la institución unavida jurídica más eficaz y debido al interés nacional que provocó el amparo 92 .3.2. Posición de José María IglesiasEn torno a la legitimidad de las autoridades de los estados, entre diciembre de 1871y marzo de 1873, la Corte se pronunció en fallos contradictorios, estableciendo enunos, que los estados eran los únicos que podían decidir sobre la legitimidad de lasautoridades locales, y en otros, que cabía en las facultades de los tribunales de lafederación, decidir, en determinados casos, sobre la legitimidad de las autoridadesde los estados 93 .En consecuencia, antes de que Iglesias asumiera el cargo de presidente de la Corte,mientras se desempeñaba como administrador de rentas del Distrito Federal 94 , laCorte entraba al estudio de la legitimidad de las autoridades locales. En 1873,Iglesias asume la presidencia del máximo tribunal y cuando llevaba cerca de un añode ejercerlo, tocó a la Corte resolver el amparo solicitado por varios hacendados deMorelos, quienes no estimando legítimos los títulos con que funcionaban comolegislatura y gobernador el cuerpo y la persona que aparecían con tal carácter, lesnegaban la competencia requerida por el artículo 16 de la Constitución Federal 95 .Fundaron los hacendados su petición, en el argumento de que la ley depresupuestos de 1873, había sido expedida en una sesión de diputados en la que nohubo quórum, ya que de los seis legisladores que concurrieron a la sesión, uno deellos, Vicente Llamas, no debía ser considerado con tal carácter, porque suelección se había verificado en el distrito donde era jefe político, por lo queresultaba nula en los términos de lo dispuesto por la propia Constitución 96 .También se argumentó, que las leyes, para ser obedecidas, debían ser promulgadaspor un Poder Ejecutivo legítimo y que el gobernador Francisco Leyva no lo era, yaque se había reelegido, mediante una reforma cuyo procedimiento no se ajustó a lo

Hooray! Your file is uploaded and ready to be published.

Saved successfully!

Ooh no, something went wrong!