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La Minería Sin Control. Un Enfoque<br />

Desde La Vulneración De Los Derechos Humanos<br />

Zona Alta “A” 109 en la que se estableció, entre otras cosas, lo siguiente: “…<br />

podrá continuar rigiéndose por el sistema actual de pequeños contratos o<br />

permisos de explotación celebrados por el Director de las Minas de Marmato,<br />

pero el Ministerio de Minas y Petróleos queda autorizado, si lo estima<br />

más conveniente, para contratar dicha zona en su totalidad con cualquier<br />

persona natural o jurídica.<br />

… La duración de los pequeños contratos o permisos otorgados por la dirección<br />

de las minas para explotación de la zona alta A, se fijará por mutuo acuerdo<br />

entre el Director de las Minas y los contratistas…<br />

… En caso de que se contrate toda la Zona Alta A con una sola persona, el contratista<br />

se obligará a respetar hasta su terminación, todos los pequeños contratos<br />

celebrados o permisos otorgados por el Director de las minas, pero no habrá<br />

lugar a prórrogas de éstos salvo la decisión en contrario del nuevo contratista. ”.<br />

Zona Baja “B” determinó que: “podrá darse para su explotación a cualquier<br />

persona natural o jurídica, mediante un contrato que comprenda aquella íntegramente,<br />

o mediante contratos que abarquen separadamente cada uno de los<br />

sectores o grupo que la forma y que son los denominados El Infierno y La Palma”.<br />

La Zona Alta ha sido explotada por más de 200 mineros, con varios molinos,<br />

mientras la Zona Baja ha estado a cargo de compañías que a través de la<br />

historia han venido empleando personal de Marmato, Supía y Riosucio. La<br />

división legal del cerro favoreció que se consolidara el casco urbano en la<br />

parte alta.<br />

La Empresa Colombiana de Minas (Ecominas), creada mediante el Decreto<br />

912 de 1968 y reorganizada por el Decreto 3161 de 1968, administraba,<br />

entre otras, las minas de Marmato; con la Ley 2ª de 1990 nace Minerales<br />

de Colombia S. A. (Mineralco), que en el marco del desarrollo de sus objetivos<br />

principales podía desarrollar las siguientes actividades: (i) celebrar<br />

116<br />

109 Zona Alta A: Comprende toda el área de minas que da hacia arriba de la línea que enseguida se describe: Partiendo<br />

del mojón número 4, que se encuentra en la confluencia de la quebrada o canalón de la Torre con la quebrada<br />

Pantano, se sigue en línea recta hasta la bocamina Villonza, y pasando por el nivel del piso bajo de la mina San<br />

Pedro, hasta llegar al empalme con la carretera del Colombiano; de aquí, siguiendo por toda la carretera, hasta el<br />

punto que marca la intersección de los ejes de la carretera y de la tubería de presión del molino del Colombiano:<br />

de este punto en línea recta, pasando por la bocamina denominada nivel 5.000, hasta cortar la quebrada de Cascabel,<br />

y estipulado por la ley.<br />

Zona Baja B: Comprende esta toda el área de las minas que están hacia abajo de la línea anteriormente determinada<br />

para la delimitación de la zona Alta A. Zona otorgada a la Empresa Antioqueña Mineros Nacionales S. A.

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