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128<br />

4.5 Concurso con tortura<br />

Como lo ha sustentado la Corporación Humanas en la Guía para llevar casos de<br />

violencia sexual, el concurso entre el delito sexual y la tortura se presenta por la<br />

conexidad de carácter ideológico que liga el acto de violación con los diferentes<br />

propósitos con que ha sido perpetrada la violencia sexual. Es un concurso<br />

simultáneo, puesto que el mismo acto, la violencia sexual, genera la múltiple<br />

adecuación típica: los elementos constitutivos de delito sexual e infligir sufrimiento<br />

en la víctima o anular su personalidad, cualquiera sea la finalidad del<br />

acto mismo.<br />

La tipificación de las conductas de violencia sexual como delitos sexuales en<br />

concurso con tortura tiene como fin visibilizar la gravedad de la ofensa que<br />

se provoca en la víctima y la afectación de los bienes jurídicos de la integridad<br />

y libertad sexual. Así lo plantea, por ejemplo, la Cámara Federal de Mendoza<br />

(Argentina):<br />

Los delitos sexuales son equiparables a la tortura en cuanto crimen de lesa humanidad,<br />

lo que no equivale a decir que queden subsumidos en el delito de tormentos, sino que<br />

conservan su especificidad por la gravedad de la ofensa contra el bien jurídico protegido,<br />

esto es la integridad y libertad sexual de la víctima 31 .<br />

5. Los delitos sexuales cometidos por el Bloque Norte son delitos<br />

de lesa humanidad<br />

Los delitos sexuales cometidos por el Bloque Norte son crímenes de lesa humanidad,<br />

pues cumplen con todos los elementos que tales delitos exigen. Según<br />

el artículo 7 del Estatuto de Roma para la Corte Penal Internacional son crímenes<br />

de lesa humanidad aquellos actos que “se cometan como parte de un ataque<br />

generalizado o sistemático contra una población civil y con conocimiento de<br />

dicho ataque”.<br />

Son elementos de estos delitos: la sistematicidad o generalidad del ataque, que<br />

los actos estén dirigidos contra la población civil y que el autor tenga conocimiento<br />

de que la conducta es parte de un ataque generalizado o sistemático.<br />

Como se expondrá más adelante, muchos de los delitos sexuales cometidos<br />

por el Bloque Norte en Cesar y Magdalena ocurrieron en el marco de un ataque<br />

sistemático y otros se cometieron en el marco de un ataque generalizado.<br />

31 Cámara Federal de Mendoza (Argentina). Sentencia del Caso Meléndez Luciano y otros, 23<br />

de noviembre de 2011.

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