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sobre la ubicación de los restos óseos de Henríquez (Agencia Prensa Rural, 12 de<br />
diciembre de 2007).<br />
Por este hecho se ha emprendido una acción civil por parte de los familiares<br />
de las víctimas, quienes acompañadas por el Colectivo de Abogados José Alvear<br />
Restrepo, han intentado acercarse al sistema judicial estadounidense para<br />
acceder a la reparación de los daños causados. Procedimiento que se ha visto<br />
obstaculizado ante la negativa del Departamento de Justicia de Estados Unidos<br />
de suministrar información sobre el procesado y de reconocer como víctimas a<br />
los familiares de Julio Henríquez (Colectivo de Abogados José Alvear Restrepo,<br />
5 de febrero de 2011).<br />
El 3 de febrero de 2006, Hernán Giraldo Serna participó en la desmovilización<br />
del Frente Resistencia Tayrona, adscrito al Bloque Norte de las Autodefensas<br />
Unidas de Colombia, junto con 1.165 combatientes que se encontraban bajo<br />
su mando. La ceremonia de desmovilización se realizó en el corregimiento de<br />
Guachaca, municipio de Santa Marta (Magdalena) (Presidencia de la República,<br />
2006: 74).<br />
Posteriormente fue postulado por el Ministerio de Justicia y del Interior como<br />
posible beneficiario de las prerrogativas establecidas en la Ley 975 de 2005.<br />
Entre el 5 de junio de 2007 y el 22 de febrero de 2008, participó en audiencias<br />
de versiones libres mientras se encontraba privado de la libertad en la cárcel<br />
modelo de Barranquilla antes de su extradición a Estados Unidos, versiones<br />
que se restablecerían tres años después, luego de que el 13 de mayo de 2008<br />
fuera extraditado a Estados Unidos.<br />
Desde el 5 de marzo de 2004, Hernán Giraldo fue requerido por el Tribunal<br />
Federal del Distrito de Columbia por los delitos federales de narcotráfico,<br />
consistentes en la fabricación y distribución de cocaína a Estados Unidos que<br />
se vendrían cometiendo desde 1994. Con fundamento en esta solicitud, el 30<br />
de junio de 2004, la Fiscalía General de la Nación procedió a la captura, con<br />
fines de extradición, de Hernán Giraldo Serna. El 18 de julio de 2007, la Sala<br />
de Casación Penal de la Corte Suprema de Justicia profirió concepto favorable<br />
que acompañado de la autorización emitida por el presidente de la república<br />
permitiría su extradición 3 .<br />
3 Corte Suprema de Justicia, Sala de Casación Penal, Proceso 27019, magistrada ponente: María<br />
del Rosario González de Lemos, 18 de julio de 2007.<br />
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