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sobre la ubicación de los restos óseos de Henríquez (Agencia Prensa Rural, 12 de<br />

diciembre de 2007).<br />

Por este hecho se ha emprendido una acción civil por parte de los familiares<br />

de las víctimas, quienes acompañadas por el Colectivo de Abogados José Alvear<br />

Restrepo, han intentado acercarse al sistema judicial estadounidense para<br />

acceder a la reparación de los daños causados. Procedimiento que se ha visto<br />

obstaculizado ante la negativa del Departamento de Justicia de Estados Unidos<br />

de suministrar información sobre el procesado y de reconocer como víctimas a<br />

los familiares de Julio Henríquez (Colectivo de Abogados José Alvear Restrepo,<br />

5 de febrero de 2011).<br />

El 3 de febrero de 2006, Hernán Giraldo Serna participó en la desmovilización<br />

del Frente Resistencia Tayrona, adscrito al Bloque Norte de las Autodefensas<br />

Unidas de Colombia, junto con 1.165 combatientes que se encontraban bajo<br />

su mando. La ceremonia de desmovilización se realizó en el corregimiento de<br />

Guachaca, municipio de Santa Marta (Magdalena) (Presidencia de la República,<br />

2006: 74).<br />

Posteriormente fue postulado por el Ministerio de Justicia y del Interior como<br />

posible beneficiario de las prerrogativas establecidas en la Ley 975 de 2005.<br />

Entre el 5 de junio de 2007 y el 22 de febrero de 2008, participó en audiencias<br />

de versiones libres mientras se encontraba privado de la libertad en la cárcel<br />

modelo de Barranquilla antes de su extradición a Estados Unidos, versiones<br />

que se restablecerían tres años después, luego de que el 13 de mayo de 2008<br />

fuera extraditado a Estados Unidos.<br />

Desde el 5 de marzo de 2004, Hernán Giraldo fue requerido por el Tribunal<br />

Federal del Distrito de Columbia por los delitos federales de narcotráfico,<br />

consistentes en la fabricación y distribución de cocaína a Estados Unidos que<br />

se vendrían cometiendo desde 1994. Con fundamento en esta solicitud, el 30<br />

de junio de 2004, la Fiscalía General de la Nación procedió a la captura, con<br />

fines de extradición, de Hernán Giraldo Serna. El 18 de julio de 2007, la Sala<br />

de Casación Penal de la Corte Suprema de Justicia profirió concepto favorable<br />

que acompañado de la autorización emitida por el presidente de la república<br />

permitiría su extradición 3 .<br />

3 Corte Suprema de Justicia, Sala de Casación Penal, Proceso 27019, magistrada ponente: María<br />

del Rosario González de Lemos, 18 de julio de 2007.<br />

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