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de autor que están contempladas tanto en el Código Penal vigente como en el<br />
anterior, permiten interpretarse de tal manera que admiten atribuir responsabilidad<br />
al dirigente en calidad de autor mediato por haber cometido la conducta<br />
punible a través de otro que fue utilizado como instrumento, el cual al haber<br />
actuado con plena tipicidad, será igualmente responsable por la comisión de las<br />
conductas punibles.<br />
b. Poder de mando de Jorge 40 como comandante del Bloque Norte<br />
Los tribunales internacionales han establecido que la figura de la autoría<br />
mediata se puede aplicar solo con demostrar la estructura jerárquica del aparato<br />
militar con un mando conjunto. Jorge 40, en calidad de comandante del Bloque<br />
Norte, es responsable por haber creado y puesto en marcha una estructura<br />
organizada de poder que respondía a los lineamientos generales definidos por<br />
el comando central del grupo paramilitar Autodefensas Unidas de Colombia<br />
(AUC) del cual hacía parte. Tanto Jorge 40, en calidad de comandante de Bloque,<br />
como alias Tolemaida, alias 101, alias Tijeras, alias Codazzi, alias 57, alias71<br />
y alias Rafa, por ser comandantes de frente deben responder penalmente por<br />
los delitos sexuales cometidos por parte de los integrantes de su tropa que se<br />
enmarcan en una orden general de atacar a la población civil y consolidar su poder<br />
en los departamentos de Atlántico, Cesar, Magdalena y La Guajira, a través<br />
de diversas acciones en contra de la población civil.<br />
Las consideraciones establecidas por el fallo emitido por el Tribunal Superior<br />
de Bogotá, Sala de Justicia y Paz ratifican la existencia de la estructura Bloque<br />
Norte al Mando de Jorge 40:<br />
Dentro de la estructura funcional de la organización, es verdad que [l]uego de confederados<br />
los distintos sectores de Autodefensas que operaban en el país como Autodefensas<br />
Unidas de Colombia hacia 1994, como integrante de las mencionadas AUC,<br />
se conforma una estructura denominada“Bloque Norte”, al mando de Rodrigo Tovar<br />
Pupo, alias Jorge 40, para operar en contra de lo sectores subversivos que operaban en<br />
los departamentos del Atlántico, Cesar, La Guajira y Magdalena 52 .<br />
Jorge 40 en los primeros años (1998-2004) impartió órdenes en Atlántico,<br />
Cesar, La Guajira y Magdalena como comandante delegado por Salvatore<br />
Mancuso, en los años posteriores (2004-2006) como máximo comandante del<br />
Bloque. A su cargo tenía catorce frentes: Adalvis Santana, Bernardo Escobar, Contra<br />
insurgencia Wayúu, David Hernández Rojas, Guerreros de Baltazar, Héroes<br />
52 Tribunal Superior de Bogotá, Sala de Justicia y Paz, Sentencia 200681366, 7 de diciembre de 2011<br />
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