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armado, cuya comisión se atribuye a un integrante de un grupo paramilitar y en<br />

contra de mujeres que hacen parte de la población civil.<br />

La Fiscalía no puede perder de vista que el elemento violencia no solo lo establece<br />

el uso de la fuerza física, sino también aquella suficiente para doblegar la<br />

voluntad de la víctima, como puede ser la fuerza moral, como ya lo ha demostrado<br />

la jurisprudencia colombiana (Corporación Humanas, 2010: 158).<br />

Además es importante tener en consideración, sin que este sea el argumento<br />

principal, que este es el delito sexual que más duramente es sancionado por el<br />

ordenamiento penal atendiendo a la gravedad de la conducta punible, siempre<br />

que las violaciones sexuales se registraron a propósito del conflicto armado y<br />

en contra de una persona protegida.<br />

Aunque en principio esté claro que, de acuerdo con el régimen de alternatividad<br />

penal dispuesto en la Ley 975 de 2005, independientemente de las conductas<br />

punibles que se le imputen a Hernán Giraldo se le impondría la pena de cinco<br />

a ocho años de prisión, es importante recordar que, de incumplir con los<br />

requisitos exigidos para ser favorecido con esta reducción de la pena, cabría la<br />

posibilidad de que se le revocara dicha disminución en la pena original por lo<br />

que estaría obligado a pagar la totalidad de la condena.<br />

3.4 Posible responsabilidad de los padres de las niñas menores de edad<br />

que fueron accedidas carnalmente por Hernán Giraldo<br />

Uno de los conceptos de impunidad más utilizados por la comunidad internacional<br />

corresponde con la definición a la que hace referencia el “Conjunto de<br />

principios para la protección y promoción de los derechos humanos mediante<br />

la lucha contra la impunidad”, que define la impunidad como:<br />

La inexistencia, de hecho o de derecho, de responsabilidad penal por parte de los autores<br />

de las violaciones, así como de responsabilidad civil, administrativa o disciplinaria,<br />

porque escapan a toda investigación con miras a su inculpación, detención, procesamiento,<br />

y en caso de ser reconocidos culpables, condenas a penas apropiadas, incluso a<br />

la indemnización del daño causado 11 .<br />

La investigación, juzgamiento y sanción de los hechos constitutivos de violencia<br />

contra las mujeres debe ser completa, lo cual implica que debe comprender<br />

el esclarecimiento de todos los hechos denunciados y el juzgamiento y sanción<br />

11 “Conjunto de principios actualizado para la protección y la promoción de los derechos humanos<br />

mediante la lucha contra la impunidad” (E/CN.4/2005/102/Add.1), 8 de febrero de 2005.<br />

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