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Procedió a rasgarle la blusa que llevaba (…). Comienza a preguntarle y comenzó a<br />

quemarla, toda la parte de los senos hacia arriba, el cabello, la cara (caso documentado).<br />

En hechos como los anteriores que fueron cometidos con la finalidad de<br />

obtener información es evidente la relación entre el acto y el ataque como parte<br />

de la política de estrategia contrainsurgente. La naturaleza y finalidad del acto<br />

permiten inferir que su comisión le servía al grupo para obtener una ventaja<br />

frente al enemigo, y por tanto el actor tenía conocimiento de que la perpetración<br />

de esa conducta se implementaba como parte de la política establecida por<br />

el grupo.<br />

Tal afirmación se puede realizar igualmente en los casos en los que la violencia<br />

sexual sirvió como método para castigar a las víctimas por relacionarlas con<br />

el enemigo. Z., por ejemplo, fue violada después de ser retenida en un retén y<br />

acusada de ser “razonera” de la guerrilla (caso documentado).<br />

Por último, es menester traer a colación, que la Cámara Federal de Mendoza advierte<br />

que resulta irrazonable pretender contar con una orden expresa o escrita<br />

para sostener que las conductas de violencia sexual son parte del plan; insistir<br />

en ello dice la corte, “constituye una prueba macabra a costa de las víctimas del<br />

ataque sexual, colocándolas en una situación de indefensión y de re victimización”<br />

40 .<br />

5.3 En contra de la población civil<br />

Como ya se mencionó, las víctimas de violencia sexual fueron reconocidas<br />

como tales dentro del proceso de Justicia y Paz, hecho que por tanto da fe de<br />

su carácter de población civil. De manera adicional, la jurisprudencia ha constatado<br />

que dentro del marco del accionar del Bloque Norte la población civil fue<br />

“víctima de homicidios, desplazamientos forzados,torturas, desaparecimientos,<br />

crímenes sexuales, entre otras graves violacionesa los derechos humanos y el Derecho<br />

Internacional Humanitario” 41 .<br />

5.4 Conocimiento de que la conducta hacía parte de un ataque<br />

generalizado o sistemático<br />

Los paramilitares integrantes del Bloque Norte que cometieron delitos<br />

sexuales tenían conocimiento de que tales conductas hacían parte de un ataque<br />

40 Cámara Federal de Mendoza (Argentina), Sentencia del Caso Meléndez Luciano y otros, 23<br />

de noviembre de 2011.<br />

41 Tribunal Superior de Bogotá, Sala de Justicia y Paz, Sentencia 200681366, 7 de diciembre de 2011.<br />

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