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Procedió a rasgarle la blusa que llevaba (…). Comienza a preguntarle y comenzó a<br />
quemarla, toda la parte de los senos hacia arriba, el cabello, la cara (caso documentado).<br />
En hechos como los anteriores que fueron cometidos con la finalidad de<br />
obtener información es evidente la relación entre el acto y el ataque como parte<br />
de la política de estrategia contrainsurgente. La naturaleza y finalidad del acto<br />
permiten inferir que su comisión le servía al grupo para obtener una ventaja<br />
frente al enemigo, y por tanto el actor tenía conocimiento de que la perpetración<br />
de esa conducta se implementaba como parte de la política establecida por<br />
el grupo.<br />
Tal afirmación se puede realizar igualmente en los casos en los que la violencia<br />
sexual sirvió como método para castigar a las víctimas por relacionarlas con<br />
el enemigo. Z., por ejemplo, fue violada después de ser retenida en un retén y<br />
acusada de ser “razonera” de la guerrilla (caso documentado).<br />
Por último, es menester traer a colación, que la Cámara Federal de Mendoza advierte<br />
que resulta irrazonable pretender contar con una orden expresa o escrita<br />
para sostener que las conductas de violencia sexual son parte del plan; insistir<br />
en ello dice la corte, “constituye una prueba macabra a costa de las víctimas del<br />
ataque sexual, colocándolas en una situación de indefensión y de re victimización”<br />
40 .<br />
5.3 En contra de la población civil<br />
Como ya se mencionó, las víctimas de violencia sexual fueron reconocidas<br />
como tales dentro del proceso de Justicia y Paz, hecho que por tanto da fe de<br />
su carácter de población civil. De manera adicional, la jurisprudencia ha constatado<br />
que dentro del marco del accionar del Bloque Norte la población civil fue<br />
“víctima de homicidios, desplazamientos forzados,torturas, desaparecimientos,<br />
crímenes sexuales, entre otras graves violacionesa los derechos humanos y el Derecho<br />
Internacional Humanitario” 41 .<br />
5.4 Conocimiento de que la conducta hacía parte de un ataque<br />
generalizado o sistemático<br />
Los paramilitares integrantes del Bloque Norte que cometieron delitos<br />
sexuales tenían conocimiento de que tales conductas hacían parte de un ataque<br />
40 Cámara Federal de Mendoza (Argentina), Sentencia del Caso Meléndez Luciano y otros, 23<br />
de noviembre de 2011.<br />
41 Tribunal Superior de Bogotá, Sala de Justicia y Paz, Sentencia 200681366, 7 de diciembre de 2011.<br />
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