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Giraldo quien convirtió el parentesco que biológicamente le concede el hecho<br />

de haber embarazado niñas, y que estas efectivamente fueron madres de sus<br />

hijos, en una herramienta para garantizar la impunidad de la violencia sexual<br />

cometida contra ellas.<br />

Giraldo se blindó de las denuncias atendiendo a que sus hijos e hijas sostienen<br />

lazos de consanguinidad con quien fuera el perpetrador de sus madres y ya<br />

sea estos o las víctimas, se estaría reclamando responsabilidad penal en contra<br />

de un familiar por consanguinidad o por una supuesta afinidad. Es así como<br />

el reconocimiento de las niñas y los niños concebidos como producto de la<br />

violación cometida por él, debe entenderse como un mecanismo que impide<br />

la interposición de denuncias en su contra y no como un acto de responsabilidad<br />

de su parte, tal y como él lo ha reiterado en las audiencias de versión libre.<br />

2. Hernán Giraldo y la justicia<br />

Hernán Giraldo Serna ha sido condenado a veinte años de prisión por su participación<br />

en la Masacre de Honduras y La Negra, fincas ubicadas en el corregimiento<br />

de Currulao, perteneciente al municipio de Turbo (Antioquia), ocurrida<br />

el 4 de marzo de 1988, en la que fueron asesinados veinte campesinos, diecisiete<br />

de los cuales eran integrantes del Sindicato de Trabajadores Agrarios de Antioquia<br />

(Sintrainagro). Masacre que se cometió con apoyo del Ejército Nacional,<br />

que utilizó a desertores del grupo guerrillero Ejército Popular de Liberación<br />

(EPL) como guías e informantes, al igual que involucró a paramilitares que hacían<br />

parte de la Asociación de Campesinos y Ganaderos del Magdalena Medio<br />

para llevar a cabo estos hechos. En este caso, la justicia responsabilizó a los integrantes<br />

de dicha asociación en calidad de autores intelectuales, entre quienes<br />

se encontraban: Fidel Castaño, Adán Rojas y Hernán Giraldo 2 .<br />

Por su parte, el Juzgado Único Especializado de Santa Marta condenó a Giraldo<br />

a 38 años de prisión por la desaparición forzada, seguida de homicidio, del<br />

ambientalista Julio Henríquez Santamaría, quien fuera desaparecido el 4 de febrero<br />

de 2001. Henríquez participaba en la asamblea de constitución de la Asociación<br />

Ambientalista Comunitaria de Calabazo “Madre Tierra”, y cuyos restos<br />

fueron hallados el 11 de octubre de 2007, en una diligencia de exhumación de<br />

cadáveres realizada en la vereda La Estrella, a cinco minutos de Calabazo, por<br />

parte de la Unidad de Justicia y Paz, luego de que él suministrara información<br />

2 Comisión Interamericana de Derechos Humanos, Informe 2 de 1994, Caso 10.912, Colombia,<br />

1 de febrero de 1994.

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