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y vía libre para cometer delitos sexuales ante la extrema vulnerabilidad de las<br />

víctimas. Por tanto, se insta a la Fiscalía para que incluya este reconocimiento<br />

dentro de las medidas de reparación a las víctimas.<br />

El miedo atávico de las mujeres a ser víctimas de violencia sexual se actualiza<br />

en el contexto de conflicto armado. Las probabilidades de ser violada aumentan<br />

por la presencia de los actores armados y la ausencia del Estado. Por esta razón,<br />

el daño ocasionado trasciende de las víctimas individuales a la totalidad de las<br />

mujeres que forman parte de las comunidades que vivieron en ese contexto de<br />

ataque sistemático y generalizado perpetrado por el Bloque Norte. Por tanto se<br />

insta a la Fiscalía para que tenga en cuenta el daño causado en la totalidad de las<br />

mujeres de la comunidad para establecer medidas de reparación colectiva que<br />

restauren los derechos de las mujeres integrantes de estas comunidades.<br />

Si bien la Fiscalía de Justicia y Paz ha realizado esfuerzos para cumplir con el<br />

deber de investigar y judicializar los hechos de violencia sexual cometidos por<br />

el Bloque Norte, se recuerda que este no es un deber exclusivo de esta entidad.<br />

El Estado en su conjunto, mediante sus diferentes instituciones, debe realizar<br />

todas las acciones necesarias para que Rodrigo Tovar Pupo, alias Jorge 40,<br />

reanude las audiencias de versiones libres dentro del proceso de Justicia y Paz.<br />

Debe recordársele al postulado que el acogimiento a dicha ley obliga a los versionados<br />

a facilitar la verdad de los hechos so pena de excluirlos de este trámite.<br />

El hecho de que no se reanuden las audiencias no puede constituirse en un obstáculo<br />

para avanzar en los procesos de formulación e imputación de cargos, pues la<br />

verificación de los hechos y la comisión de estos por parte de los autores directos<br />

integrantes del Bloque Norte son suficientes para avanzar en los procesos en su<br />

contra. Por tanto, se insta a la Fiscalía a adelantar las acciones de formulación e<br />

imputación de cargos a Jorge 40, como comandante máximo de este bloque.<br />

El Derecho Penal ha protegido históricamente los derechos de los victimarios,<br />

por tanto se hace necesario avanzar hacia una postura que tenga en cuenta los<br />

derechos de las víctimas como las principales afectadas. Ello implica que el<br />

Derecho Penal se convierta en un derecho dinámico que incluya nuevas perspectivas<br />

y doctrinas acordes con las problemáticas actuales y los estándares<br />

internacionales en materia de protección y garantía para las víctimas.<br />

8. Contexto en el que se inscriben las acciones de violencia sexual<br />

llevadas a cabo por el Bloque Norte de las Autodefensas Unidas<br />

de Colombia en Cesar y Magdalena 1998-2005<br />

El presente documento tiene como objetivo describir y analizar el accionar del<br />

Bloque Norte de las Autodefensas Unidas de Colombia, bajo la comandancia<br />

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