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y consolidación en el territorio nacional. Este seguimiento se ha llevado a cabo<br />
con el fin de exigir del Estado colombiano mecanismos expeditos para investigar<br />
y judicializar la violencia sexual y garantizar a las víctimas de delitos sexuales su<br />
derecho a la verdad, a la justicia y a la reparación.<br />
Con el apoyo de la cooperación internacional, en particular del Consejo Noruego<br />
para Refugiados, en 2011 la corporación implementó el “Proyecto violencia<br />
sexual en conflicto armado: caracterización de contextos y estrategias para su<br />
judicialización”. En el marco de esta iniciativa se llevó a cabo un ejercicio de<br />
documentación sobre los contextos en los que los grupos paramilitares han<br />
utilizado la violencia sexual contra las mujeres como estrategia de guerra en las<br />
regiones de Norte de Santander y de la Sierra Nevada de Santa Marta.<br />
En desarrollo de esta etapa se llevó a cabo un proceso de recolección y análisis<br />
de información mediante la realización de visitas a cada una de las regiones<br />
y de entrevistas a funcionarias y funcionarios públicos, a integrantes de<br />
organizaciones sociales, y representantes y grupos de víctimas de las acciones<br />
de los grupos paramilitares. Además de la revisión de fuentes indirectas que<br />
registran los impactos de la violencia desplegada por estos grupos, en cada una<br />
de las regiones: notas de prensa, informes de organizaciones de derechos humanos<br />
y reportes de instituciones públicas, entre otras.<br />
En el marco del proyecto adelantado con el apoyo del Consejo Noruego en<br />
2011, se interpusieron ante los despachos de Justicia y Paz competentes de la<br />
Fiscalía General de la Nación, dos Amicus Curiae 1 que hoy hacen parte de esta<br />
publicación, tuvieron y tienen por pretensión aportar elementos que permitan<br />
una adecuada investigación y sanción de los delitos sexuales atribuidos a integrantes<br />
del Bloque Catatumbo y a Hernán Giraldo como comandante del<br />
Frente Resistencia Tayrona.<br />
1 Amicus Curiae es una expresión latina que literalmente se traduce como “amigo de la corte”.<br />
Es una institución derivada del derecho romano, su objetivo es posibilitar la intervención de<br />
terceros que no son parte en los procesos o litigios, pero que tienen elementos para aportar<br />
al mismo, cobijados por un interés general de que las decisiones se resuelvan tomando en<br />
cuenta aportes técnicos o especializados. Para la Corporación Humanas los amicus han sido un<br />
instrumento que le permite intervenir en procesos judiciales en los que se investigan o juzgan<br />
perpetradores de violencia sexual, con el fin de otorgar elementos jurídicos y contextuales que<br />
permitan entender la violencia sexual en concurso con tortura, como crimen de guerra y con el<br />
carácter de lesa humanidad. Si bien se puede decir que el lugar de los amicus es el de los jueces<br />
y juezas, la Corporación Humanas lo ha utilizado en el espacio de la Fiscalía de Justicia y Paz,<br />
buscando que estos operadores y operadoras judiciales incluyan en sus imputaciones adecuaciones<br />
típicas que reconozcan la afectación real de las mujeres.