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ORÍGENES DEL CRISTIANISMO - 10

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272 <strong>ORÍGENES</strong> <strong>DEL</strong> <strong>CRISTIANISMO</strong><br />

y que se me dediquen bosques sagrados de acuerdo con la<br />

costumbre egipcia: por ello también os lo permito. Y si queréis<br />

levantad también las estatuas ecuestres de Vitrasio mi procurador<br />

(émxgojtog). En cuanto (45) a la erección de las cuadrigas<br />

que queréis colocarme en las entradas de vuestro país, os lo<br />

autorizo, una en el lugar llamado Taposiri de Libia, otra en<br />

Faros de Alejandría, la tercera en Pelusion de Egipto. En cambio,<br />

declino (jtagexov/nE = jcagaíXEOfxai) el que se me instituya<br />

un sacerdote y se me construyan templos, porque no quiero<br />

resultar arrogante a los hombres de mi época (50) y porque<br />

juzgo que los templos (xa lega) y las cosas de esa índole se<br />

han reservado exclusivamente a los dioses (póvoiq role,<br />

üeolg é^égera) en todo tiempo.<br />

En cuanto a las peticiones (jtegl de rmv alrn^iárcov) cuya<br />

concesión pretendisteis recibir de mí, decido de esta manera. A<br />

todos los que han sido registrados como efebos hasta mi principado<br />

(f]YEixovdaq) les garantizo y les conservo (55) la<br />

ciudadanía (jiohieíav) alejandrina con todos los privilegios<br />

y los beneficios de ésta, con la excepción de los nacidos de<br />

esclavos que se os hayan introducido subrepticiamente en el<br />

número de efebos; y quiero también que todos los beneficios<br />

que os fueron concedidos (éxagío&n) por los emperadores anteriores<br />

a mí, por los reyes y prefectos (éjiágxwv), se os confirmen<br />

tal como el dios Augusto los confirmó. (60) En cuanto a los<br />

supervisores (veoxógoi) del templo de Alejanría dedicado al<br />

dios Augusto, quiero que se nombren por sorteo (xXngoxovg),<br />

conforme se nombran también por sorteo (xXngovvxai) los<br />

del templo de Canopo consagrado al mismo dios Augusto. En<br />

cuanto a que las magistraturas (ágxcú) de la ciudad tengan una<br />

duración trienal, me parece que está muy bien decidido, pues<br />

los magistrados (ágxovxEq) por temor de rendir cuentas de<br />

sus malos actos de gobierno, (65) se comportarán con vosotros<br />

con más moderación durante el período de su mando. En cuanto<br />

al Consejo (fJovXíj), cuál fuese la costumbre vuestra con los<br />

reyes antiguos, no puedo decirla, pero que no lo tuvisteis durante<br />

el reinado de los emperadores que me antecedieron, lo sabéis<br />

claramente. Proponiéndose, pues, por primera vez ahora una<br />

innovación que queda en lo incierto si (70) será conveniente<br />

para la ciudad y para mis intereses, he escrito a Emilio Recto<br />

PARANGÓN LITERARIO 273<br />

[= prefecto de Egipto en el año 41] para que la examine y me<br />

informe si debe instituirse esa magistratura y la manera en que<br />

se instituirá, si es que debe componerse (ovváyeiv).<br />

En cuanto a quiénes fueron responsables de los disturbios y<br />

motín, o mejor dicho, si debe decirse la verdad, de la guerra<br />

contra los judíos (jigóg 'Iovóaíovg) aunque (75) en la confrontación<br />

fueron muchas las razones enérgicamente aducidas<br />

por vuestros embajadores y en especial por Dionisio, hijo de<br />

Cleón, sin embargo, no quiero investigarlo a fondo, a pesar de<br />

que conserve una indignación inmutable (ógyfjv ajiExa¡jLÉXr¡xov)<br />

contra quienes iniciaron de nuevo el conflicto. Os prevengo<br />

simplemente que, si no cesa esa hostilidad (80) mutua, perniciosa<br />

y obstinada, me veré obligado a mostrar cómo es un príncipe<br />

benigno (cpiXáv&gonog) cuando monta en justa indignación<br />

(ele, ógyfjv óixaíav). Por eso conjuro (óiajiagxvgojiE) de<br />

nuevo a los alejandrinos a que se comporten con mansedumbre<br />

y amabilidad (jigaécoq xal q>iXav§gÓ7tojg) con los judíos,<br />

residentes desde hace mucho tiempo en la misma ciudad (xfjv<br />

aíxfjv JIÓXEIV); (85) y a que no profanen ningún acto del<br />

culto acostumbrado de su dios, y les permitan regirse por las<br />

mismas normas que en tiempos del dios Augusto, las cuales<br />

también he confirmado yo, tras haber oído a unos y a otros.<br />

A los judíos, por su parte, les ordeno sin ambages (XEXEVCOL)<br />

que no traten de obtener más ventajas de las que antaño (90)<br />

tuvieron; que en adelante no me envíen —algo que jamás sucedió<br />

antes— dos embajadas como si residieran en dos ciudades (cñojieg<br />

év óvoel TtóXeoELV xaxoixovvxag); y que no se introduzcan<br />

en las competiciones presididas por los gymnasiarchoi y los<br />

kosmetai [no teniendo derecho a ello]; ya que recogen el fruto<br />

de lo que les es propio y gozan, (95) en una ciudad que no es<br />

suya (év áXXoxgia JIÓXEÍ), de abundantes bienes; que no<br />

traigan ni admitan a judíos que vengan de Siria o de Egipto,<br />

lo que nos obligaría a abrigar mayores sospechas. Si no lo hacen<br />

así, los perseguiré por todos los medios posibles, como si (<strong>10</strong>0)<br />

suscitaran una plaga común a todo el mundo (xcc&ájTEQ xoivfjv<br />

XEtva xfjg olxovjiÉvrjg vóoov é&yEÍgovxag). Si, desistiendo<br />

de esta conducta unos y otros, os avenís a vivir con<br />

mansedumbre y amabilidad mutua (icgóg áXXrjXovg), yo por<br />

mi parte consagraré a la ciudad la mayor atención (jrgóvoiav),

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