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En defensa de la representación políticaSe plantea, por tanto, la siguiente cuestión: en estas condiciones, ¿puedehablarse de una verdadera representación? Como ya se ha señaladoincidentalmente, la mayoría de los juristas (Hans Kelsen, por ejemplo) harespondido negativamente, sosteniendo que la representación existe sóloen el ámbito del derecho privado. Pero puede alegarse que, aunque larepresentación política es una versión debilitada de su concepto originario,persisten aún suficientes analogías. Aunque en el ámbito de la políticael representante no tiene un mandato principal concreto y perfectamenteidentificable, la “representación electiva” trae ciertamente consigo: a)receptividad (responsiveness), los parlamentarios escuchan a su electoradoy ceden a sus demandas, b) rendición de cuentas (accountability),los parlamentarios han de responder, aunque difusamente, de sus actos,y c) posibilidad de destitución (removability), si bien únicamente en momentosdeterminados, por ejemplo, mediante un castigo electoral.No es necesario entrar en detalle en esta controversia. A mi juicio,las analogías son suficientemente importantes para afirmar que la representaciónpolítica no es una farsa y que este concepto tiene sentidoen el ámbito del derecho constitucional. La cuestión fundamental es,en cualquier caso, si la prohibición del mandato o instrucciones imperativases una condición sine qua non de la representación moderna y,por tanto, de la forma representativa de gobierno. Es una cuestióncrucial, pues los directistas están defendiendo, por el contrario, la incorporacióndel mandato a la representación como una conquista yuna necesidad democráticas. La mayoría de los directistas ignoran cómosurgió la prohibición del mandato, y por qué motivos. Pueri sunt etperilia tractant. Son niños que juegan con pensamientos infantiles.Pero son muchos, vociferantes e intolerantes. No debemos ignorarlosporque sean constitucionalmente analfabetos (históricamente hablando).Tenemos, por tanto, que dar una explicación.Burke expresó bellamente el rechazo a la teoría del mandato en larepresentación (que era, de hecho, la teoría medieval) en su conocidoDiscurso a los electores de Bristol de 1774:“Todo hombre tiene derecho a expresar su opinión. La opiniónde los votantes es importante y respetable, y el representante ha25

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