07.05.2013 Views

Leer - Revista Pensamiento Penal

Leer - Revista Pensamiento Penal

Leer - Revista Pensamiento Penal

SHOW MORE
SHOW LESS

Create successful ePaper yourself

Turn your PDF publications into a flip-book with our unique Google optimized e-Paper software.

casi por tres las personas que entraron, y, a su vez, reducir casi en un tercio<br />

los metros de salida que debía haber ya para un tercio de esas personas<br />

(1031), potenciaba enormemente los riesgos de que el público no pudiera<br />

salir en caso de siniestro.<br />

102<br />

-que el techo estaba revestido con material sumamente combustible.<br />

-que pese al énfasis puesto en la realización de cacheos eficientes era<br />

prácticamente imposible evitar el ingreso de pirotecnia.<br />

-que esa pirotecnia era encendida por el público -porque en eso<br />

radicaba el “show de bengalas” que acompaña a la banda “Callejeros” y a<br />

cualquier otra de rock-, y por sus características, era muy probable que<br />

llegara al techo, sobre todo, en los lugares donde éste era más bajo.<br />

-que a la falta de altura del techo para no ser alcanzado por la<br />

pirotecnia, se le sumó la presencia decorativa de una tela conocida como<br />

“media sombra” que facilitaba, aún más, el posible contacto de aquélla con<br />

el material inflamable.<br />

-que a causa del uso de pirotecnia se habían producido con<br />

anterioridad, al menos, dos incendios los días 1° de mayo y 25 de diciembre<br />

de 2004 (este día se produjeron focos ígneos en dos momentos distintos).<br />

-que los incendios mencionados se produjeron habiendo mucha<br />

menos gente en el lugar que la existente el día de los hechos, y que es<br />

previsible que a mayor cantidad de gente hubiera más posibilidades de<br />

incendio. Del mismo modo, a menor cantidad de personas menor es la<br />

dificultad para apagar posibles incendios y mayor la de evitar consecuencias<br />

ya que la poca cantidad de gente de esos días facilitó considerablemente la<br />

evacuación del público y el acceso a los medios para apagar el fuego.<br />

-que los matafuegos no funcionaban, y que por esa razón el incendio<br />

del 25 de diciembre debió ser apagado con vasos de agua y con el auxilio del<br />

público presente.<br />

Ahora bien, conforme se desprende del auto de procesamiento de<br />

Omar Emir Chaban, obrante a fojas 6329/7158, el nombrado fue considerado<br />

autor del delito de homicidio, tipificado por el artículo 79 del Código <strong>Penal</strong>.

Hooray! Your file is uploaded and ready to be published.

Saved successfully!

Ooh no, something went wrong!