07.05.2013 Views

Leer - Revista Pensamiento Penal

Leer - Revista Pensamiento Penal

Leer - Revista Pensamiento Penal

SHOW MORE
SHOW LESS

Create successful ePaper yourself

Turn your PDF publications into a flip-book with our unique Google optimized e-Paper software.

126<br />

Sentado lo expuesto, queda por analizar solamente la posibilidad de<br />

que el autor haya errado sobre la valoración de los riesgos, considerando<br />

remoto un riesgo que es concreto 38 . Este error bien podría producirse por los<br />

mecanismos inconscientes a los que nos referimos anteriormente, en los que<br />

el autor quita de su mente las posibles consecuencias dañosas de su actuar.<br />

Ahora bien, de poder afirmarse la presencia de este tipo de error, su<br />

aceptación como circunstancia para desgravar al imputado, ya dependerá de<br />

decisiones que tienen que ver con la aceptación de un error de esa naturaleza<br />

a los efectos de excluir sin más el dolo por defecto de conocimiento, o de la<br />

evaluación por parte del juzgador en el caso concreto de la posibilidad que el<br />

autor tenía de evitarlo. Este no es otro que el tan discutido problema de los<br />

efectos de la “ceguera ante los hechos”, y de la aceptación, como propone<br />

Jakobs, de la traslación de las reglas flexibles del error de prohibición al<br />

error de tipo 39 .<br />

Finalmente, Canestrari, en representación de la tendencia de la<br />

doctrina italiana que pretende diferenciarse de la alemana en cuanto a la<br />

concepción objetiva de la delimitación entre dolo e imprudencia, sostiene<br />

que la esencia del dolus eventualis no podrá buscarse en la dimensión<br />

objetiva del peligro sin hacer referencia a la representación y a la voluntad<br />

del sujeto, porque la valoración del hecho exterior -indispensable para<br />

diferenciar eficazmente la responsabilidad dolosa indirecta y la imprudente-<br />

se desarrollará de manera tal que se integre también en el ámbito procesal<br />

con las investigaciones sobre la participación interior del agente en relación<br />

con los datos observables. Esto implica que un juicio sobre la naturaleza<br />

social de un determinado riesgo -con el fin de verificar si este último puede<br />

configurar la vertiente normativa del dolo eventual- debe asumir como base<br />

todas -y solamente aquellas- circunstancias conocidas por el sujeto particular<br />

en el momento de la conducta 40 .<br />

38 Sancinetti, Marcelo; Teoría del delito… pág. 200.<br />

39 Jakobs, Günther; “Sobre el tratamiento de los defectos volitivos y de los defectos cognitivos”, en<br />

Estudios de derecho penal ..., pág. 127 y ss.<br />

40 Cfr. Canestrari, Stefano; op. cit., pág. 408.

Hooray! Your file is uploaded and ready to be published.

Saved successfully!

Ooh no, something went wrong!