Leer - Revista Pensamiento Penal
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Por su parte, la defensa del imputado Gabriel Ismael Sevald señala<br />
que no hay elementos que prueben el “pacto” y permitan señalar que su<br />
defendido formaba parte de ese acuerdo.<br />
Pero lo cierto es que, en realidad, sí son suficientes los elementos para<br />
la etapa procesal en la que nos encontramos y corresponde, como hicimos,<br />
que sean tratados en forma conjunta y estudiados a la luz de la sana crítica,<br />
ello a pesar de que la defensa señale que no contemos con la prueba directa<br />
respecto de la cual, insistimos, resultan contados los casos en que se logra<br />
obtenerla debido al tipo de delito que nos ocupa.<br />
Otro cuestionamiento resulta ser aquél que indica que en ningún<br />
momento se tuvo en cuenta el testimonio del titular de la División Asuntos<br />
Judiciales, Jerónimo Alberto Molina, cuando dijo que se requería de,<br />
aproximadamente, treinta días, para poder llegar a conocer la jurisdicción<br />
cuando, en realidad, el tiempo que Sevald llevaba allí fue de 47 días. Aquí<br />
corresponde indicar que, si bien es cierto que Sevald llevaba unos cuarenta y<br />
siete días en la seccional, y que él mismo señala que cuando se hizo cargo<br />
tuvo en cuenta la problemática planteada por los vecinos, el mapa del delito,<br />
los vendedores ambulantes, los robos a comercios y la prevención sobre las<br />
entidades bancarias, no se puede dejar de señalar que resulta inverosímil que,<br />
en ningún momento, se le haya planteado la necesidad de consultar el<br />
bibliorato que tenía a la vista en la seccional y que estaba titulado “Locales<br />
Bailables. Charter” en donde estaba la información relacionada con los tres<br />
locales bailables que existían en ese radio, máxime cuando él mismo dice<br />
que sí tenía conocimiento de la existencia de Cromañon; de haber obrado de<br />
otra forma se habrían podido detectar las irregularidades que hacían a su<br />
funcionamiento. Escudarse en ese supuesto desconocimiento, frente a la<br />
imputación dirigida, es de momento irrelevante.<br />
Corresponde ocuparnos a continuación del cuestionamiento de que ni<br />
siquiera el Jefe de Gobierno, y el propio magistrado al resolver la situación<br />
de los funcionarios del Gobierno de la Ciudad, conocían qué normativa era<br />
aplicable al caso, con lo cual mal puede decirse qué era lo que Sevald<br />
incumplió a cambio de percibir lo que se había pactado con Chaban. El