Leer - Revista Pensamiento Penal
Leer - Revista Pensamiento Penal
Leer - Revista Pensamiento Penal
You also want an ePaper? Increase the reach of your titles
YUMPU automatically turns print PDFs into web optimized ePapers that Google loves.
USO OFICIAL<br />
c. 26.555, 27.262 y 27.347. “Chaban, Omar Emir y otros s/procesamiento”. I. 1/105 -Sala V<br />
Poder Judicial de la Nación<br />
Cámara Nacional de Apelaciones en lo Criminal y<br />
Correccional<br />
alentar el uso indebido de pirotecnia; y en segundo lugar, justamente porque<br />
una vez sabido -como lo sabían los integrantes de “Callejeros” y el imputado<br />
Omar Chaban- que el uso de pirotecnia es una conducta indebida, y sabido<br />
que hay funcionarios que debiendo impedirlo no lo hacen, desaparece el<br />
principio de confianza, porque desaparecen las razones para confiar en que<br />
quien tiene que cumplir con su deber lo hará.<br />
Esta cuestión es central para la imputación, porque más allá del<br />
conocimiento pleno de las condiciones de habilitación, en particular en<br />
cuanto a la salida de emergencia y la cantidad de público que podía alojar el<br />
local, es un dato concreto y objetivo que “Cromañón” era un lugar cerrado,<br />
donde mínimas previsiones referidas a la experiencia general, indican<br />
claramente que el uso de pirotecnia, ya peligrosa y prohibida a cielo abierto,<br />
aumenta considerablemente, el riesgo permitido en un lugar cerrado.<br />
Si no se optó por un lugar abierto, consciente de los peligros<br />
implicados, se debieron haber extremado los cuidados para que no ingresara<br />
pirotecnia a un lugar como “República Cromañón” que ya se había<br />
incendiado otras veces a causa del uso de candelas. Por esta razón es<br />
reprochable la realización de un cacheo deficiente, no resultando obstáculo<br />
para ese reproche que nunca se pueda evitar totalmente el ingreso de<br />
pirotecnia, porque sostener ello sería lo mismo que decir, por ejemplo, que el<br />
Estado no tiene que preocuparse por la seguridad porque igualmente habrá<br />
delitos.<br />
En este marco queda por consignar que no necesariamente se le reprocha a la<br />
banda musical su posición frente al uso de pirotecnia por parte del público,<br />
sino que lo que se le reprocha es que esa posición llevó a que se adoptaran<br />
medidas de seguridad no efectivas para evitar tanto el ingreso del material<br />
como su posterior uso por parte de sus seguidores. Aquí vuelven las palabras<br />
de Argañaraz, antes reproducidas, volcadas en un programa de radio de<br />
importante audiencia afín: “cuando nosotros tocamos tratamos de que<br />
puedan pasar las bengalas, pero esta vez no menajoms la seguridad y se<br />
complica el tema de pasarlas”.<br />
57