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Leer - Revista Pensamiento Penal

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sí, sino que funcionaban de manera independiente, salvo algunas<br />

excepciones (casa de servicio de lunch y hotel).<br />

60<br />

Una vez rechazado el intento de habilitar el complejo como tal, no<br />

debería haber ningún tipo de comunicación entre los diferentes locales que<br />

componen el complejo y el local bailable.<br />

Por este motivo, existieron diversas clausuras del local en concreto y<br />

del complejo en sí; clausuras estas que fueron levantadas de forma poco<br />

clara de acuerdo a las constancias del expediente y la normativa vigente, ya<br />

que la puerta alternativa nunca se eliminó y el lugar se habilitó con ella pese<br />

a la irregularidad que implicaba. Ya podemos adelantar que todos los<br />

pormenores de la habilitación serán analizados en otra ocasión, en su<br />

relevancia para el caso, pero es necesario señalar algunas cuestiones.<br />

Más allá de los motivos por los que la puerta no debió haber existido<br />

por la comunicación de las distintas partes del complejo, la habilitación se<br />

hizo con esa puerta, a la que se refiere la "plancheta de habilitación" -que no<br />

es otra cosa que una síntesis de sus términos que obra en la primera hoja del<br />

libro de inspecciones que debe presentar el explotador del local cuando es<br />

solicitado por un inspector del GCBA- en los siguientes términos: "Déjase<br />

expresa constancia que de conformidad con la aprobación efectuada por la<br />

división seguridad contra incendio de la Dirección General de Fiscalización<br />

de Obras y Catastro y la Superintendencia de Bomberos el local posee una<br />

salida alternativa que se activa solamente en caso de producirse un siniestro<br />

permitiendo la evacuación del público concurrente por un corredor que<br />

sirve en casos normales para la entrada y salida de vehículos<br />

considerándose cumplimentado el artículo 10.2.3 inc. d) del Código de<br />

Habilitaciones y verificaciones dado que por sus características el sistema<br />

de seguridad alternativo reduce los riesgos en forma cualitativa del público<br />

concurrente no considerándose de esta forma una comunicación permanente<br />

con las otras actividades del complejo".<br />

La “plancheta de habilitación” que recepta párrafos de la disposición<br />

06060/DGRyC/97 firmada por Jorge E. Gatucci y Enrique Reinaldo López,<br />

del 1° de agosto de 1997.

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