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Leer - Revista Pensamiento Penal

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2.b. Los factores que llevaron a la creación de un riesgo<br />

jurídicamente relevante.<br />

Para poder afirmar que se ha creado un riesgo jurídicamente relevante<br />

con la organización que nos ocupa, corresponde en primer término delimitar<br />

los contornos de lo que hubiera sido una actividad realizada bajo un riesgo<br />

permitido.<br />

En el caso concreto, la realización de una actividad dentro de esos<br />

límites hubiera sido sin lugar a dudas el uso del lugar de acuerdo a los<br />

términos de la habilitación: capacidad máxima de 1031 personas, salidas<br />

habilitadas, actividad bailable y no recitales, lo que además implicaba, entre<br />

otras cosas, no utilizar pirotecnia como manifestación de apoyo a las<br />

canciones de la banda.<br />

Esta organización estaría dentro del riesgo permitido porque, si bien es<br />

cierto que en sí misma la realización de un baile con gran cantidad de<br />

personas, en un lugar cerrado, con material inflamable recubriendo las<br />

paredes y con gran cantidad de equipos de música y luces podría generar<br />

mayores riesgos que otro tipo de actividades, esos riesgos se encontrarían<br />

contemplados en las medidas de seguridad exigidas por la normativa vigente<br />

para habilitar los locales de baile clase “C” (Ordenanza 24.347, Código de<br />

Edificación y ordenanza 50.250).<br />

Con respecto a la cantidad de gente que puede ingresar al lugar, cabe<br />

aclarar que luego de la producción del hecho que nos ocupa, se dictó el<br />

decreto 2-GCBA/05 que establece que la cantidad máxima que puede entrar<br />

a un local de baile clase “C” es la menor que resulte de aplicar la normativa<br />

vigente respecto del número de ocupantes por superficie de piso neta, de los<br />

medios de salida y de las instalaciones complementarias. Por su parte, ya el<br />

decreto 1-GCBA/05, había establecido que en los locales de baile de clase<br />

“C” no se podrá exceder un factor de ocupación superior a dos personas por<br />

metro cuadrado de superficie destinada a los concurrentes, es decir, que<br />

duplicó la cantidad de gente que puede entrar a este tipo de locales, siempre<br />

y cuando permitan esa cantidad los metros de salida, para evacuar el lugar.

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