Leer - Revista Pensamiento Penal
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USO OFICIAL<br />
c. 26.555, 27.262 y 27.347. “Chaban, Omar Emir y otros s/procesamiento”. I. 1/105 -Sala V<br />
Poder Judicial de la Nación<br />
Cámara Nacional de Apelaciones en lo Criminal y<br />
Correccional<br />
además en cuenta que sabía que en el lugar había más personas que las<br />
permitidas por la habilitación municipal.”<br />
5) “[N]o haber dispuesto lo necesario, en su calidad de responsables<br />
de los bienes y vidas que se encontraban en el lugar para, una vez desatado<br />
el incendio, organizar un egreso ordenado de las personas que permitiese<br />
una evacuación más eficiente y pronta del local.”<br />
6) “[N]o haber dispuesto lo necesario para que, una vez comenzado el<br />
siniestro, se abriese la única puerta/salida de emergencia con que contaba<br />
el lugar.”<br />
7) “[H]aber llevado adelante el mencionado espectáculo aún a<br />
sabiendas que la mayoría de los matafuegos existentes en el predio se<br />
hallaban despresurizados y/o vencidos.”<br />
Según lo manifestado por el a quo, Bussi, al igual que los demás<br />
imputados: “aún previendo que todas esas circunstancias podrían<br />
desencadenar en un suceso como el finalmente acontecido, prefirieron<br />
seguir adelante con el espectáculo y llevarlo a cab , sin importarle aquellas<br />
circunstancias apuntadas y los previsibles resultados que a partir de ellas<br />
resultaban esperables; máxime cuando ese mismo día Chaban había<br />
adwertido a los presentes acerca del peligro que generaba la pirotecnia y<br />
que, en caso de producirse un incendio, no alcanzarían a salir todos de allí,<br />
como así también que ya había ocurrido un incendio por el uso de<br />
pirotecnia días antes del recital”.<br />
Sostuvo el a quo que Bussi, en su calidad de integrante del grupo de<br />
control: tenía autoridad sobre el grupo que estaba a cargo de la actividad de<br />
control; su tarea era incautar elementos de pirotecnia de los asistentes al<br />
show; sabía que los asistentes a este tipo de eventos utilizaban pirotecnia.<br />
A criterio del magistrado, la conducta de Bussi debe ser considerada<br />
como homicidio culposo pues, los elementos señalados demuestran un<br />
cuadro de negligencia concreta del encargado del grupo de control que,<br />
además, influyó directamente en la producción de las muertes. Claramente<br />
incumplió su rol.<br />
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