Leer - Revista Pensamiento Penal
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USO OFICIAL<br />
c. 26.555, 27.262 y 27.347. “Chaban, Omar Emir y otros s/procesamiento”. I. 1/105 -Sala V<br />
Poder Judicial de la Nación<br />
Cámara Nacional de Apelaciones en lo Criminal y<br />
Correccional<br />
Un caso de peligro claramente determinado es, por ejemplo, aquél de<br />
la persona que le clava un cuchillo en el abdomen a otra sin reflexionar<br />
mucho sobre las consecuencias de su acción. Aquí no habría nada más que<br />
aclarar, tenemos el medio, la forma y el objeto de agresión totalmente<br />
definidos.<br />
Por el contrario, uno en el que no habría ningún tipo de determinación<br />
que permita imputar un resultado como derivado de un riesgo concreto, y por<br />
tanto, a título de dolo es, por ejemplo, el de la ambulancia que debe ir a<br />
excesiva velocidad para salvar a alguien que había sido previamente herido<br />
por un tercero mediante un disparo de arma de fuego; la ambulancia sufre un<br />
accidente y la víctima muere. El accidente solamente interrumpiría la<br />
imputación objetiva del resultado de muerte por disparo de arma de fuego,<br />
pero no la de las consecuencias derivadas de una conducción temeraria para<br />
llegar a tiempo al hospital, que sí serían imputables al autor del disparo como<br />
resultado previsible de su actuar. Sin embargo, esa imputación sería<br />
solamente a título de culpa, y no de dolo, porque, tal como lo sostiene<br />
Sancinetti: “esto sería imposible, aun cuando el autor deseara el curso<br />
aventurado de una muerte posterior ‘por accidente automovilístico’, porque<br />
-de nuevo- la concreción de ese riesgo ulterior no es ‘dominable’ para<br />
el autor, no puede ‘ser perseguida objetivamente’” 36 .<br />
Hasta aquí los extremos: en el primer caso el autor domina todo y en<br />
el segundo no domina absolutamente nada -no se sabe a qué velocidad<br />
manejará exactamente el conductor; si violará algún semáforo en rojo; si<br />
tomará calles muy transitadas o pasará por delante de una escuela a la hora<br />
de salida de los alumnos, etc.-.<br />
Sin embargo, hay muchos casos que están en medio de estos dos<br />
extremos. Tal es, por ejemplo, el famoso caso “Contengan”, en el que se<br />
suministró esa droga o talidomida a mujeres embarazadas, que habría<br />
generado graves deformaciones congénitas en los niños después nacidos de<br />
esas madres, algunos de los cuales, además, habrían muerto por esa causa.<br />
36 Sancinetti, Mercelo; “Observaciones sobre al teoría de la imputación objetiva”, en Teoría de la<br />
imputación objetiva; Cancio Meliá, Manuel; Ferrante, Marcelo; Sancinetti, Marcelo, Universidad Externado<br />
de Colombia, Colombia, 1998, pág. 125.<br />
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