07.05.2013 Views

Leer - Revista Pensamiento Penal

Leer - Revista Pensamiento Penal

Leer - Revista Pensamiento Penal

SHOW MORE
SHOW LESS

Create successful ePaper yourself

Turn your PDF publications into a flip-book with our unique Google optimized e-Paper software.

16<br />

1.d. Imputado Fredy Lorenzo Bussi<br />

Se le reprocha, en su calidad de jefe de seguridad del grupo<br />

“Callejeros” a cargo del control de las vías de ingreso y egreso del local, el<br />

haber provocado, con las siguientes acciones y/u omisiones la muerte de las<br />

193 personas detalladas al inicio del presente, y diversas lesiones a varios<br />

centenares más que a la fecha no se determinaron con precisión:<br />

1) “[H]aber permitido que ingresasen al predio alrededor de 3.000<br />

personas cuando, en realidad estaba habilitado y tenía capacidad para<br />

1.031 personas, como así también haber dispuesto un lugar específico<br />

(supuestamente el baño de damas) para la permanencia de menores de edad<br />

a modo de guardería.”<br />

2) “[H]aber omitido adoptar las medidas de prevención necesarias<br />

para contar con una adecuada dotación de personal de seguridad que<br />

garantizase la integridad de las personas y los bienes que concurrieron esa<br />

noche al lugar.”<br />

3) “[N]o haber dispuesto lo necesario para establecer un cacheo<br />

eficiente y minucioso en la entrada del local para impedir que los asistentes,<br />

conocidos y distinguidos en el ambiente por la habitual utilización de<br />

pirotecnia, ingresaran con elementos de esas características, teniendo en<br />

cuenta que se trataba de un lugar cerrado, en el que se reunirían muchas<br />

personas, teniendo en cuenta que había ocurrido anteriormente un incendio<br />

de similares características, como así también que, en sus techos y<br />

estructuras, presentaba materiales altamente combustibles que no se<br />

ajustaban a las normas reglamentarias para el caso de incendios.”<br />

4) “[H]aber organizado un espectáculo de esas características, aún a<br />

sabiendas que la única puerta/salida de emergencia del local, ubicada en<br />

Bme. Mitre 3038/50 que debía estar en condiciones de abrirse desde el<br />

interior del mismo -accionando la barra antipánico que tenía colocada- se<br />

hallaba sellada con un candado y alambre, no habiendo dispuesto lo<br />

necesario para que ella se encontrase habilitada durante la permanencia del<br />

público en el lugar por si se sucedía un siniestro y pudiera ser utilizada para<br />

que el público saliera del lugar y de esta forma salvaran sus vidas, teniendo

Hooray! Your file is uploaded and ready to be published.

Saved successfully!

Ooh no, something went wrong!