Leer - Revista Pensamiento Penal
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1.d. Imputado Fredy Lorenzo Bussi<br />
Se le reprocha, en su calidad de jefe de seguridad del grupo<br />
“Callejeros” a cargo del control de las vías de ingreso y egreso del local, el<br />
haber provocado, con las siguientes acciones y/u omisiones la muerte de las<br />
193 personas detalladas al inicio del presente, y diversas lesiones a varios<br />
centenares más que a la fecha no se determinaron con precisión:<br />
1) “[H]aber permitido que ingresasen al predio alrededor de 3.000<br />
personas cuando, en realidad estaba habilitado y tenía capacidad para<br />
1.031 personas, como así también haber dispuesto un lugar específico<br />
(supuestamente el baño de damas) para la permanencia de menores de edad<br />
a modo de guardería.”<br />
2) “[H]aber omitido adoptar las medidas de prevención necesarias<br />
para contar con una adecuada dotación de personal de seguridad que<br />
garantizase la integridad de las personas y los bienes que concurrieron esa<br />
noche al lugar.”<br />
3) “[N]o haber dispuesto lo necesario para establecer un cacheo<br />
eficiente y minucioso en la entrada del local para impedir que los asistentes,<br />
conocidos y distinguidos en el ambiente por la habitual utilización de<br />
pirotecnia, ingresaran con elementos de esas características, teniendo en<br />
cuenta que se trataba de un lugar cerrado, en el que se reunirían muchas<br />
personas, teniendo en cuenta que había ocurrido anteriormente un incendio<br />
de similares características, como así también que, en sus techos y<br />
estructuras, presentaba materiales altamente combustibles que no se<br />
ajustaban a las normas reglamentarias para el caso de incendios.”<br />
4) “[H]aber organizado un espectáculo de esas características, aún a<br />
sabiendas que la única puerta/salida de emergencia del local, ubicada en<br />
Bme. Mitre 3038/50 que debía estar en condiciones de abrirse desde el<br />
interior del mismo -accionando la barra antipánico que tenía colocada- se<br />
hallaba sellada con un candado y alambre, no habiendo dispuesto lo<br />
necesario para que ella se encontrase habilitada durante la permanencia del<br />
público en el lugar por si se sucedía un siniestro y pudiera ser utilizada para<br />
que el público saliera del lugar y de esta forma salvaran sus vidas, teniendo