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revista número 16 - ARTE, ARQUEOLOGÍA e HISTORIA

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A estos efectos, “en catorze días deel mes de<br />

mayo de mill y seyszientos y sesenta y dos años (...), el<br />

alcalde ordinario de la Vª, “Antº diaz delacalle” recibe<br />

un despacho en el que se le comunica el repartimiento<br />

correspondiente “(...) Lauilla delaconquista (que) deue<br />

delaño demill y seiscientos Zinquenta y nueve onze mill<br />

seiscientos y ochenta y siete mrs” y por “elaño de mill y<br />

seiscientos y sesenta y dos deue la dcha uilla otros onze<br />

mill seicientos y ochenta y siete mrs.”<br />

¡ Pobre Conquista! Sus “treynta vezinos muy pobres<br />

y la mitad dellos biudas” 25 deben a la Monarquía 22.374<br />

maravedises.<br />

Dinero que no se paga en esta primera requisitoria<br />

pues “(...) en qince dias del mes de setiembre de mil<br />

y seis tos sesenta y dos (...) “ el nuevo Corregidor, D.<br />

Sebastián Infante, manda despachar nuevo “vereda”<br />

a la Villa de Conquista, entre otros lugares, “(...) con<br />

apercibimiento (de que) dentro de tres días de la<br />

notificación elijiesen el dar soldados que les tocaban (o)<br />

en ser reducidos a dinero (...)” además de pagar lo que<br />

debían de años anteriores, en el plazo de 10 días y, de no<br />

hacerlo, “ (...) se despachará (...) Personas a costa delas<br />

Justicias q e fueren omisas ahacer el dcho pago”<br />

El veredero Gabriel López llega a la “(...) Vª dela<br />

conquista“ (e) “(...) izo notoria la Comisión anteescrita<br />

(...) a doze días del mes de octubre de mill y sezientos y<br />

sesenta y dos años”<br />

Esta vez, Conquista debió pagar su deuda, pues<br />

está documentado que al año siguiente, 1.663, ya no<br />

aparece con débito alguno, aunque continúa con la<br />

obligación de contribuir “en especie” o “en dinero” a las<br />

movilizaciones que la Monarquía ordenaba para el Reino<br />

de Córdoba.<br />

1.663.<br />

Las levas continúan año tras año. Por ejemplo,<br />

en 1.660 “(...) hubieron alojados (...) mil y quinientos<br />

soldados (...) enste Reynado (...)” de Córdoba, dándose<br />

la circunstancia de que no se sacó ninguno de los 32<br />

vecinos que habitaban en Conquista 26<br />

Pero esta exención no duró mucho<br />

tiempo ya que por Real Cédula de “(...) diez<br />

y nueue de Enero deste año (...) de 1.663, el<br />

Rey se sirve “(...) mandar que desta Ciudad,<br />

y su Reynado (...) de Córdoba, salgan “(...)<br />

mil soldados de Milicia, que han de seruir<br />

en el Real Exercito de Estremadura (...) por<br />

quanto el Exercito de Estremadura necessita<br />

de reforzarse con jente para poder salir en<br />

campaña, y ponerse en operación siguiendo<br />

los intentos que se lleban de recuperar el<br />

Reyno de Portugal (...)””<br />

Como la gente es renuente a incorporarse a la<br />

guerra, el Rey resuelve “(...) a diez días del mes de<br />

Março de mil y seiscientos y sesenta y tres años (...)<br />

que “(...) los Soldados de Infantería de las Milicias<br />

destos mis Reynos, que en este presente año de mil y<br />

seiscientos y sesenta y tres, se leuantan para el Exercito<br />

de Estremadura sean exsentos de toda contribución Real,<br />

(…), del alojamiento personal y que durante la Campaña<br />

no reciban bexacion los mismos Soldados, sus mujeres<br />

y casas, por ninguno destos motiuos, guardándose esta<br />

essencion por tiempo de vn año, contado desde el día q e<br />

cada vno de los dichos Soldados salieren de las casas<br />

a buelta del Exercito (…)<br />

Con estas prebendas, la Monarquía intenta que<br />

“(...) los vezinos más abiles, y suficientes, asegurados<br />

por los concejos de (...) las Villas (...) se alienten a seruir<br />

a su Magestad (...) “ y el “(...) quinze de Abril (1.663)<br />

estén “(...) alistados y prebenidos para la marcha al lugar<br />

donde yo los mandare encaminar a incorporarse con sus<br />

Compañías (...)”, con los socorros pagados, “(...) por<br />

quenta de su Magestad, con tres reales cada día (...)”,<br />

al ser ahora soldados voluntarios.<br />

Conquista sigue con su vecindad de 1.660, pero<br />

esta vez no se libra de tener que pagar la cuota “en<br />

especie” requerida por el Monarca y “(...) el crédito de<br />

(sus) armas (...)”<br />

El Alcalde, Antonio Díaz de la Calle, recibe “(...) en<br />

catorce días del mes de abril de mill y s tos y sesenta y<br />

tres años” al veredero Diego Gutiérrez, a quien, en esta<br />

ocasión no hay “(...) obligación de darle nada (...)” que<br />

le trae tres órdenes:<br />

a) La antes dicha referente a las Reales Cédulas de<br />

19-1-63, 26-1-63 y 12-3-1.663 sobre el repartimiento<br />

de 1.000 soldados de Milicia y, en consecuencia,<br />

que “forme un soldado”<br />

b) Una segunda en la que consta que en Córdoba (...)<br />

en seis de Abril de mil y seiscientos y sesenta y tres<br />

(...) hecho el repartimiento de los mil soldados de<br />

Milicia (...)”, el corregidor de Córdoba, D. Antonio de<br />

Seuil Santelices hace la agregación correspondiente<br />

a Torremilano, en donde “(...) se ha de formar una<br />

compañía de los soldados siguientes:<br />

Arte, Arqueología e Historia<br />

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