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revista número 16 - ARTE, ARQUEOLOGÍA e HISTORIA

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tres quartos soldados que á raçon de treinta ducados de<br />

vellón como su Magestad manda importarían 8.437 mrs<br />

½ (...) la qual cantidad se á de pagar en esta Ciudad (de<br />

Córdoba, a ) Iuan Fernández de Córdoba Depositario<br />

destos efectos la mitad en fin de Iulio, y la otra mitad<br />

en fin de Agosto deste dicho año de setenta y nueve,<br />

concediéndose en cada uno de los dichos plaços quince<br />

días más de término (...)”<br />

Asímismo, le hace saber “(...) quedar obligada la<br />

Iusticia (el alcalde de Conquista) á repartir la cantidad<br />

q´ (le) toca entre sus vecinos, o sacarlo de los medios o<br />

arbitrios q´les ubiere concedido (...) con apercibimiento<br />

que pasado dicho plaço y no hauiendo pagado sin más<br />

aviso (el Corregidor despachará) Executor con días y<br />

salarios a costa (del alcalde de Conquista) que está<br />

obligado a cumplir este despacho con pena de veinte<br />

mil Maravedís (...)”<br />

1.680.<br />

El Rey Felipe IV. muere (17-09-1.665). Pero no<br />

desaparecen con él ni “la pavorosa ruina económica y la<br />

general miseria” 34 ni se logran liquidar “con paces honrosas<br />

las guerras interminables” 35 que se mantienen.<br />

Guerras que requieren dineros y soldados<br />

continuamente reclamados y obtenidos por unos<br />

gobernantes que viven “(...) bajo la coacción de una masa<br />

popular que le negaba soldados y de una aristocracia que<br />

le regateaba subsidios” 36 y de unas órdenes religiosas<br />

que ven cómo aumentan las vocaciones, toda vez que<br />

sus miembros quedan exentos de prestar el servicio de<br />

las armas.<br />

Para atender las necesidades militares en Italia,<br />

el Rey, Carlos II, remite una Real Cédula, dada en<br />

Madrid a 7 de febrero de 1.680, en la que dice al Sr.<br />

Corregidor interino de Córdoba, don Melchor de Ayala,<br />

que “(...) Habiendo resuelto que por la falta de gente<br />

que hay enlos Dominios de Italia y lo que combiniere<br />

atender asu resguardo y seguridad se embien aellos<br />

quatro mil Infantes españoles y que se levanten (...)<br />

en esa (ciudad de Córdoba) y lugares desu Reynado<br />

seisçientos Hombres (...) que estarán alistados “dentro<br />

de quarenta días que han de empezar a correr desde el<br />

día que Arbolaren las Vanderas hasta el poner la Gente<br />

en marcha para el embarcadero (...)”.<br />

Conquista no se ve afectada en esta ocasión porque<br />

no se señala número de soldados a aportar por los lugares<br />

de la provincia “(...) porque , dice el Rey, mi ánimo es<br />

sean voluntariamente sin que los Lugares contribuian<br />

con dineros (...).<br />

Sin embargo, hemos de hacer notar que la<br />

voluntariedad sólo afecta a los hombres libres, pues el<br />

Corregidor dará “(...) orden para que remitan Las Justicias<br />

(de los lugares) los que calificaren por mal entretenidos,<br />

Bagamundos y los Presos que huuiere en las carçeles<br />

por delitos leues (...)”.<br />

1.691<br />

Si 1.680 no obliga a poner conquisteños al servicio<br />

de las armas, no por eso, este pueblo no ha de pagar<br />

todos los años el canon establecido por el servicio de la<br />

Milicia General de Castilla a la que se había de incorporar<br />

uno de cada diez pecheros al ser creada por Felipe II,<br />

en 1.598, para asegurarse los recursos necesarios para<br />

que en su Imperio “no se pusiera el sol”.<br />

El documento nº 108 de la Caja 1.512, Sección 18,<br />

del Archivo Municipal de Córdoba nos informa de que<br />

“(...) a seis días del mes de Junio de mil y seiscientos<br />

nobenta y uno“ el escribano de Conquista, Cristóbal<br />

Mohedano de Molina, da fe de que el alcalde, Juan Antº<br />

de Lacalle, ha recibido un veredero, a quien se han de<br />

pagar 13 reales, por traer a este pueblo el despacho del<br />

Corregidor, D. Lucas Yáñez de Barnuevo, de fecha 10 de<br />

mayo de 1.691, en el que se notifica que “Ala (villa) de<br />

la Conquista (...) le toca Pagar porel seruicio de Miliz as<br />

de este presentte año demill y ss os y nouenta y uno (...)<br />

Tresq tos desol do (...)”.<br />

Conquista, pues, deberá<br />

abonar por ¾ soldados “<br />

(...) que á razón de treinta<br />

ducados según se pagó el<br />

año passado de seiscientos<br />

y ochenta y siete, montan (...)<br />

4.919 mrs que se “(...) ha de<br />

pagar la dicha cantidad en<br />

esta Ciudad (de Córdoba) en<br />

poder de D n Lope Carrillo de<br />

los Ríos, Depositario destos<br />

efectos, la mitad en fin de<br />

Abril, y la otra mitad en fin de<br />

Agosto deste año de la fecha,<br />

(…) Advirtiendo, además, que<br />

“(...) dicho servicio (se pague)<br />

por repartimiento (entre los<br />

vecinos)<br />

La España de Carlos<br />

II, el Hechizado, se halla en<br />

situación difícil debido a que<br />

a) “(...) oy se halla esta Monarquia, amenazada de<br />

poderosissimos enemigos, desde el Oriente al<br />

Poniente, sin medios para su defensa, hallándose<br />

exsauto el Erario Real (...) sin armas, ni Exercito<br />

suficientes para nuestra defensas, hallándose tan<br />

próxima esta Monarquia a la de los Moros (...)”<br />

gobernados por “(...) el formidable poder del Rey<br />

Méquinés (...) con resolución de emplear sus fuerzas<br />

en España (...)”,<br />

Arte, Arqueología e Historia<br />

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