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revista número 16 - ARTE, ARQUEOLOGÍA e HISTORIA

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de personas o de clases sociales ni en las ceremonias<br />

ni en el ornato externo” Art. 32)<br />

Esta Constitución conciliar concretaba que “cada<br />

obispo en particular, o si pareciera más oportuno, las<br />

Conferencias Episcopales regionales, procurarán aplicar<br />

en sus territorios la prescripción del sacrosanto Concilio<br />

que prohibe la acepción de personas privadas o de clases<br />

sociales, tanto en las ceremonias como en el ornato<br />

externo” Art. 34.<br />

Seguía “No dejen los pastores de trabajar con<br />

prudencia y caridad, a fin que, en las acciones litúrgicas<br />

y, especialmente en la celebración de la misa y<br />

administración de los sacramentos y sacramentales,<br />

aparezca, incluso al exterior la igualdad de los fieles, y<br />

se evite además toda apariencia de lucro” Art. 35.<br />

La conferencia Episcopal Española dio normas sobre<br />

este asunto y los obispos de la provincia eclesiástica de<br />

Sevilla se reunieron el 28 de diciembre de 1964 y tomaron<br />

acuerdos en lo referido a estos asuntos, unificando las<br />

clases y para ello señalaba cómo debería aparecer el<br />

ministro.<br />

Referido al bautismo: roquete, estola, capa pluvial.<br />

Se recomendaba a ser posible administración comunitaria<br />

y en cuanto fuera posible se avisara al pueblo en la Misa<br />

mayor o con un corto repique de campanas.<br />

Matrimonio con altar con ornato decoroso idénticos<br />

para todos los matrimonios, por lo que quedaban<br />

suprimidas las orquestas y no se permitiría que persona<br />

ajena a la parroquia exornara la iglesia a su gusto o<br />

capricho. Solo la parroquia prestará los elementos<br />

ornamentales.<br />

Funerales el oficiante revestido de sobrepelliz,<br />

estola y capa pluvial, precedido de la cruz parroquial<br />

y acompañado de los acólitos, irá a la casa mortuoria.<br />

Levantamiento del cadáver y recitando el salmo Miserere,<br />

será acompañado a la parroquia. Seis velas en el altar y<br />

cuatro cirios en torno al cadáver.<br />

A ser posible se celebrarán siempre los funerales con<br />

Misa exequial y con breve homilía en que pondrá interés<br />

en suprimir cualquier alusión personal al difunto.<br />

Capitulo importante eran las Primeras Comuniones.<br />

Se pedía el máximo esplendor según costumbre., pero<br />

colectivas. Solo por justa y razonable causa se permitirían<br />

individuales, pero en este caso con el ornato del templo<br />

habitual en los días laborables<br />

Se dictaminaba aconsejar a los fieles evitasen<br />

excesivos gastos y lujos innecesarios en los trajes y<br />

que la celebración con tal motivo tuviese austeridad y<br />

sencillez, resaltando ante todo la tónica espiritual propia<br />

de la Primera Comunión.<br />

Arte, Arqueología e Historia<br />

332<br />

También en esta ocasión trataron de la parte<br />

económica señalando una orientación sobre la aportación<br />

que los fieles podrían aportar con ocasión de esta<br />

recepción, pero esto con carácter orientativo para que<br />

los fieles según conciencia y teniendo presente sus<br />

posibilidades económicas, dieran con ocasión del servicio<br />

religioso, prestado por la parroquia, la cantidad que le<br />

correspondiera<br />

En la diócesis de Córdoba se imprimieron unos<br />

sobres de distinto color según los servicios a realizar.<br />

En cada uno, venían impresas, de manera sucinta estas<br />

normas orientativas, divididas en categorías: A. clase<br />

modesta, B clase media y C clase alta<br />

2.5.- Pastoral prematrimonial<br />

Se constituyó el Secretariado Diocesano de<br />

Espiritualidad y Apostolado Matrimonial cuya dirección<br />

se le encargó a un matrimonio y un consiliario<br />

Eso era en 1966 y ya se publicó un pequeño<br />

calendario de cursillos reuniendo las parroquias en<br />

grupos y organizando en ellas en fechas concretas los<br />

cursillos de cinco días. Las parroquias de San Lorenzo,<br />

San Andrés, San Juan de Letrán y Santa Marina daban<br />

el cursillo en la calle Ruano Girón, 1.<br />

Las parroquias de San Miguel, San Nicolás. El<br />

Salvador, El Sagrario, San Juan y Todos los Santos y<br />

la Inmaculada los impartían en la calle Tejón y Marín, 9.<br />

Las parroquias de San Pedro, Santiago y San Francisco,<br />

no consta donde los ofrecían.<br />

Se hicieron entonces unas fichas donde se recogían<br />

los datos personales de los novios y su futuro domicilio y<br />

se editó un cartel muy sencillo donde aparecía, cursillo<br />

por mes, señalando la fecha, lugar y hora del mismo<br />

2.6.- Comunidad de Curas Párrocos de la capital<br />

Existía una institución fundada por el obispo<br />

Domingo Pimentel, cuyas constituciones correspondió<br />

hacerlas al obispo Fray Alonso Salizanes en 1733 y<br />

posteriormente las actualizó Fray Albino.<br />

Dado que estaban muy anticuadas, ya se venía<br />

pensando en la conveniencia de su actualización. De<br />

ello se trató en los cabildos celebrados en 12 y 15<br />

de diciembre de 1958. Mons. Fernández Conde se<br />

lo encomendó a D. Francisco Navajas Navajas, que<br />

además de otros cargos era párroco de El Sagrario de<br />

la Catedral<br />

Las parroquias existentes en la capital en esa época<br />

eran: Sagrario, San Pedro, San Andrés, San Lorenzo,<br />

Santa Marina de Aguas Santas, San Nicolás de la Villa,<br />

San Miguel, El Salvador y Santo Domingo de Silos,<br />

Santiago, San José y Espíritu Santo, San Francisco y San

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