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ideológicas y las diferentes tensiones existentes entre las<br />
mismas agrupaciones, conforme al marco sociopolítico de<br />
los años veinte, del cardenismo y del conservadurismo avilacamachista,<br />
cuando el feminismo cayó en un impasse al<br />
ser cooptado por el Estado.<br />
Nos interesa conocer cómo se integraron las agrupaciones<br />
de mujeres al poder político mediante el corporativismo<br />
posrevolucionario hasta su cooptación. Al mismo<br />
tiempo, estudiaremos la actividad de mujeres que lograron<br />
integrarse a la vida política, al igual que la creación de<br />
instituciones diversas en favor de las mujeres (como las casas<br />
de maternidad o la cárcel de mujeres). Por otro lado,<br />
pondremos atención en los cambios sociales que, tras la Revolución,<br />
posibilitaron la apertura de diversos espacios de<br />
acción en ámbitos tan variados como la política nacional,<br />
el trabajo, la educación e, incluso, el doméstico. Para ello<br />
realizaremos análisis estadísticos con tablas y cuadros que<br />
nos permitan evaluar la actividad de las mujeres en diversas<br />
esferas sociales. Igualmente, estudiaremos de manera<br />
cualitativa los discursos de género al reflexionar de manera<br />
general en torno a la creación y difusión de modelos femeninos<br />
(a través del análisis de revistas y filmes del periodo),<br />
lo que en última instancia marcaba importantes límites a los<br />
feminismos de la época.<br />
Tras la lucha armada…<br />
nuevo marco legal<br />
La inestabilidad social producida por la Revolución, así<br />
como los conflictos sociales posteriores, posibilitaron que las<br />
mexicanas tuvieran una participación más notoria en actividades<br />
políticas, laborales y culturales. La reorganización jurídica<br />
que llevaron a cabo los gobiernos posrevolucionarios<br />
se convirtió en el marco legal que trazaría los lineamientos<br />
sociales que, según las élites, el país necesitaba. Una serie<br />
de modificaciones relativas al género en el discurso jurídico<br />
afectó, de manera positiva, la situación social de las mujeres.<br />
Las modificaciones propuestas fueron notables ya que<br />
les brindaban más protección y mejores oportunidades de<br />
desarrollo en relación con el siglo anterior.<br />
Los cambios comenzaron a constatarse en el ámbito<br />
civil desde la Convención Revolucionaria de 1914–1916,<br />
en la cual se aprobó la investigación de la paternidad con<br />
el fin de proteger a las mujeres de los varones que las abandonaban<br />
evadiendo la responsabilidad hacia sus hijos.<br />
En diciembre de 1914 se emitió la Ley sobre el Divorcio, 1<br />
mediante la cual se legalizó por primera vez en México la<br />
disolución total del matrimonio y se permitía a los excónyuges<br />
contraer nuevas nupcias. Más adelante fue expedida la<br />
1 Se publicó el 2 de enero de 1915 en el periódico El Constitucionalista<br />
(Veracruz). Para las posturas ideológicas de villistas y zapatistas al respecto,<br />
las cuales eran similares a la constitucionalista en relación a la familia,<br />
el matrimonio, el divorcio, la situación de las mujeres y la protección de<br />
los hijos, véase Felipe Arturo Ávila Espinosa, El pensamiento económico,<br />
político y social de la Convención de Aguascalientes, México: Instituto<br />
Cultural Aguascalientes/inherm, 1991, pp. 190 y ss.