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liberales-liberadas-2da

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ideológicas y las diferentes tensiones existentes entre las<br />

mismas agrupaciones, conforme al marco sociopolítico de<br />

los años veinte, del cardenismo y del conservadurismo avilacamachista,<br />

cuando el feminismo cayó en un impasse al<br />

ser cooptado por el Estado.<br />

Nos interesa conocer cómo se integraron las agrupaciones<br />

de mujeres al poder político mediante el corporativismo<br />

posrevolucionario hasta su cooptación. Al mismo<br />

tiempo, estudiaremos la actividad de mujeres que lograron<br />

integrarse a la vida política, al igual que la creación de<br />

instituciones diversas en favor de las mujeres (como las casas<br />

de maternidad o la cárcel de mujeres). Por otro lado,<br />

pondremos atención en los cambios sociales que, tras la Revolución,<br />

posibilitaron la apertura de diversos espacios de<br />

acción en ámbitos tan variados como la política nacional,<br />

el trabajo, la educación e, incluso, el doméstico. Para ello<br />

realizaremos análisis estadísticos con tablas y cuadros que<br />

nos permitan evaluar la actividad de las mujeres en diversas<br />

esferas sociales. Igualmente, estudiaremos de manera<br />

cualitativa los discursos de género al reflexionar de manera<br />

general en torno a la creación y difusión de modelos femeninos<br />

(a través del análisis de revistas y filmes del periodo),<br />

lo que en última instancia marcaba importantes límites a los<br />

feminismos de la época.<br />

Tras la lucha armada…<br />

nuevo marco legal<br />

La inestabilidad social producida por la Revolución, así<br />

como los conflictos sociales posteriores, posibilitaron que las<br />

mexicanas tuvieran una participación más notoria en actividades<br />

políticas, laborales y culturales. La reorganización jurídica<br />

que llevaron a cabo los gobiernos posrevolucionarios<br />

se convirtió en el marco legal que trazaría los lineamientos<br />

sociales que, según las élites, el país necesitaba. Una serie<br />

de modificaciones relativas al género en el discurso jurídico<br />

afectó, de manera positiva, la situación social de las mujeres.<br />

Las modificaciones propuestas fueron notables ya que<br />

les brindaban más protección y mejores oportunidades de<br />

desarrollo en relación con el siglo anterior.<br />

Los cambios comenzaron a constatarse en el ámbito<br />

civil desde la Convención Revolucionaria de 1914–1916,<br />

en la cual se aprobó la investigación de la paternidad con<br />

el fin de proteger a las mujeres de los varones que las abandonaban<br />

evadiendo la responsabilidad hacia sus hijos.<br />

En diciembre de 1914 se emitió la Ley sobre el Divorcio, 1<br />

mediante la cual se legalizó por primera vez en México la<br />

disolución total del matrimonio y se permitía a los excónyuges<br />

contraer nuevas nupcias. Más adelante fue expedida la<br />

1 Se publicó el 2 de enero de 1915 en el periódico El Constitucionalista<br />

(Veracruz). Para las posturas ideológicas de villistas y zapatistas al respecto,<br />

las cuales eran similares a la constitucionalista en relación a la familia,<br />

el matrimonio, el divorcio, la situación de las mujeres y la protección de<br />

los hijos, véase Felipe Arturo Ávila Espinosa, El pensamiento económico,<br />

político y social de la Convención de Aguascalientes, México: Instituto<br />

Cultural Aguascalientes/inherm, 1991, pp. 190 y ss.

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