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común en las más difíciles, por la mayor profundidad,<br />
extensión y constancia que requieren. Dios le hizo<br />
para ayudar al hombre, y por consiguiente le formó<br />
con relación a este fin, proporcionado para los asuntos<br />
económicos y para seguir en todo la dirección de los<br />
hombres. 4<br />
Dicha polémica ocupó a los autores que reafirmaron<br />
“las más antiguas tradiciones heredadas acerca<br />
de las mujeres: que éstas eran inferiores a los hombres<br />
en las facultades cruciales de la razón y la ética”; 5 entre<br />
los más conocidos, los franceses<br />
Juan Jacobo Rousseau, el barón<br />
de Montesquieu, Voltaire, el escocés<br />
David Hume y el inglés John<br />
Locke; asimismo a quienes en<br />
diversos niveles, cuestionaron e incluso<br />
se opusieron del todo a esta<br />
tradición (en su mayoría mujeres),<br />
las francesas, Madame d´Epinay,<br />
Madame d´Alembert y Olimpia de<br />
Gouges, quien pagó con su vida el<br />
atreverse a defender los derechos<br />
de las mujeres durante los primeros años de la Revolución<br />
francesa, y fue guillotinada en julio de 1793; también a Diderot,<br />
Marie–Jean Antoine de Caritat (mejor conocido como<br />
el marqués de Condorcet), Theodor von Hippel en Prusia,<br />
la inglesa Mary Wollstonecraft y, de manera especial, por<br />
haber tenido una influencia crucial en territorio novohispano,<br />
los españoles Benito Jerónimo Feijoo y Josefa Amar y<br />
Borbón.<br />
Las francesas Madame<br />
d’Epinay, Madame d’Alembert<br />
y Olimpia de Gouges, se<br />
opusieron a las más antiguas<br />
tradiciones heredadas acerca<br />
de las mujeres: que éstas eran<br />
inferiores a los hombres en las<br />
facultades cruciales de la razón.<br />
Conviene puntualizar, sin embargo, que aun cuando<br />
el modelo de mujer ilustrada más difundido en suelo<br />
novohispano (más no el único) fue el promovido por los autores<br />
antes mencionados (Feijoo, Amar y Borbón), quienes<br />
abogaron a favor de la igualdad entre los sexos, el conjunto<br />
de circunstancias socioeconómicas y culturales propias de<br />
la realidad colonial que determinaron la instrumentación de<br />
las ideas ilustradas mediante políticas y proyectos concretos,<br />
produjo una compleja adaptación de dicho ideal de<br />
lo femenino. En primer lugar porque, como veremos más<br />
adelante, aun cuando en términos generales la legislación<br />
virreinal (civil y religiosa) “conservó el sistema de privilegio<br />
masculino heredado de sus dos<br />
nutrientes [las culturas precolombina<br />
y cristiana] y centró el papel<br />
de la mujer en el matrimonio y la<br />
maternidad”, 6 la ambigüedad legal<br />
que favoreció a las mujeres en<br />
la resolución de conflictos como la<br />
bigamia, la patria potestad de los<br />
hijos, o la herencia de propiedades,<br />
títulos y negocios, estableció<br />
también un margen de libertad que<br />
las mujeres aprendieron a utilizar,<br />
y al que no estaban dispuestas a renunciar.<br />
En segundo porque, en el caso específico de la<br />
educación, el interés primordial de las autoridades virreinales<br />
fue, para el caso de las mujeres de las clases altas,<br />
modelar su conducta para recluirlas en el matrimonio, o el<br />
convento y, para el caso de las mestizas, mulatas, indígenas<br />
y el resto de las castas no privilegiadas, su incorporación<br />
a la fuerza de trabajo. Objetivo que, como revisaremos de<br />
4 Manuel Rosell y Viciano, La educación conforme a los principios de la<br />
Religión Christiana, leyes y costumbres de la nación española en tres libros<br />
dirigidos a los Padres de familia, Madrid: Imprenta Real, 1786, p. 55.<br />
5 Bonnie Anderson, op.cit. p. 586.<br />
6 Julia Tuñón, Mujeres en México. Recordando una historia, México:<br />
conaculta, 1998: p. 55.