28.11.2014 Views

Módulo 2. Leitura Base. Texto 4

Módulo 2. Leitura Base. Texto 4

Módulo 2. Leitura Base. Texto 4

SHOW MORE
SHOW LESS

You also want an ePaper? Increase the reach of your titles

YUMPU automatically turns print PDFs into web optimized ePapers that Google loves.

No es menos importante antecedentes de asociaciones civiles que denuncian<br />

la carencia alimenticia provocada por sequías en zonas rurales, tal es el caso<br />

de la ONG People´s Union for Civil Liberties en la década de los sesenta; Nepal<br />

en 2008 en donde se emitió un decreto por el que se ordenaba dar alimentos inmediatos<br />

a 32 distritos que habían sido seriamente afectados por la escasez de los<br />

mismos. También es de notar el caso de Sudáfrica en el 2008 en donde un grupo<br />

civil que representaba a aproximadamente 5000 pesqueros que reclamaban el<br />

acceso justo a la pesca como modo de adquisición de alimentos, la Corte Suprema<br />

consideró que se habían violado sus derechos y emitió un decreto por el que<br />

se debía respetar los derechos de los pesqueros y darles acceso libre y equitativo<br />

a ese modo de vida y alimentación.<br />

Así pues, existen organismos nacionales e internacionales de protección a<br />

los derechos humanos y, concretamente, al derecho a la alimentación y, aunque<br />

sus resoluciones no tienen un carácter vinculatorio, su poder de acción es grande<br />

en cuanto a la generación de conciencia social que promueva y difunda este derecho<br />

y brinde opciones de denuncia en caso de su violación.<br />

No obstante lo anterior, aún es preciso crear instituciones nuevas que faciliten<br />

el acceso a la información y que promuevan el respeto irrestricto a los derechos<br />

humanos así como organismos jurídicos de fácil ubicación, acceso y funcionamiento<br />

sustentados en una concepción bien definida, 33 que hagan valer los<br />

mismos tanto en la competencia nacional como en el ámbito internacional.<br />

4. Reflexión y recomendaciones bioéticas<br />

Desde la Bioética, el derecho a la alimentación resulta de especial interés<br />

dada su relevancia para alcanzar niveles de vida óptimos que permitan un desarrollo<br />

adecuado de la persona dentro de la sociedad; así, este se constituye, como<br />

apuntala el título de este artículo, como garante de la persona y de la sociedad.<br />

Ahora bien, tomando en consideración algunos principios bioéticos, se fortalece<br />

la necesidad de impulsar y desarrollar las estrategias anteriormente mencionadas<br />

para garantizar un actuar humano ético frente a las exigencias de la vida<br />

personal y social. A continuación, describiré brevemente cómo dichos principios<br />

fomentan el cumplimiento del derecho en cuestión.<br />

a) Principio de beneficencia: frente al deber ético de hacer aquello que vaya<br />

de acuerdo a la naturaleza del ser humano, surgen los imperativos que<br />

acentúan la necesidad de, al menos, proteger la misma; así pues el principio<br />

de beneficencia por el cual se debe procurar un beneficio para la<br />

persona deberá considerar que la salud de la misma y la conservacion de<br />

su vida física son imprescindibles para su continuidad, por ello es que<br />

garantizar el derecho a la alimentación implica el buscar el bien de todo<br />

individuo comenzando por asegurar su desarrollo físico e intelectual. Con<br />

33 Se sugiere la lectura de NÚÑEZ, Beatriz. Derecho Alimentario. Buenos Aires:, Abeledo-Perrot, 199<strong>2.</strong><br />

70 Iuris Tantum No. 24 2013

Hooray! Your file is uploaded and ready to be published.

Saved successfully!

Ooh no, something went wrong!