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vol-3-num-15-junio-2014

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La justicia constitucional en un modelomixto de origen dual y paraleloEduardo Andrés Velandia Canosa 1Sumario: I. Introducción. II. Tipología de los sistemas o modelos jurisdiccionalesde justicia constitucional. 1. El modelo difuso. 2. El modelo dual y paralelo.3. El modelo concentrado. 4. El modelo mixto. 5. Los modelos híbridos. III. Elmodelo de Justicia Constitucional en Colombia a partir de la expedición de laConstitución de 1991: paradigma del modelo híbrido. 1. Excepción de inconstitucionalidad.2. Procesos de control de constitucionalidad de competencia objetiva.2.1. Control automático de constitucionalidad. 2.1.1. Control previo de constitucionalidad.2.1.2. Control previo a la ejecución de ciertos actos. 2.1.3. Controlposterior de constitucionalidad. 2.2. Control de constitucionalidad por vía de acción.2.2.1. Competencia de la Corte Constitucional. 2.3. Competencia del Consejode Estado. 2.4. Competencia de los tribunales administrativos. 3. Procesos decontrol de constitucionalidad de competencia subjetiva. 3.1. Acción de hábeascorpus. 3.2. Acción de tutela. 3.3. La acción de cumplimiento. 3.4. Las accionespopulares y de grupo. IV. El modelo integral: la Justicia Constitucional multidimensionalo multinivel. 1. Jurisdicción constitucional especializada. 1.1. Competenciaobjetiva. 1.2. Competencia subjetiva. V. Control incidental de constitucionalidado de convencionalidad. 1. Naturaleza objetiva del control incidentalde constitucionalidad o de convencionalidad. 2. Naturaleza subjetiva del controlincidental de constitucionalidad. 3. Trámite del incidente de control deconstitucionalidad y/o de protección constitucional o convencional. 3.1. Iniciacióndel incidente. 3.2. Providencia que avoca el incidente. 3.3. Ejercicio delderecho de contradicción. 3.4. Decisión concentrada de decisión. 3.5. Impugnaciónde la decisión. 3.6. Trámite de la segunda instancia o del recurso extraordinario.VI. Conclusiones.1 Presidente de las asociaciones Mundial de Justicia Constitucional y Colombiana de DerechoProcesal Constitucional; miembro del Instituto Colombiano de Derecho Procesal y de la AsociaciónArgentina de Derecho Constitucional; profesor de la Universidad Libre (Colombia), Honorífico dela UNAM, de especialización en la UBA, de la Maestría en Derecho Constitucional de la UEES (Guayaquil,Ecuador), de la Maestría en Derecho Procesal Constitucional de la Universidad Nacional deLomas de Zamora (Argentina) y profesor invitado por la Universidad de Pisa, Italia.Jurípolis, año 2014, No. 15 11

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