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vol-3-num-15-junio-2014

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84 Pamela Juliana Aguirre Castrorios jueces, con lo que evita directamente una vulneración del derecho a la seguridadjurídica.De esta forma, el precedente incrementa además la eficiencia de la administraciónde justicia al evitar la duplicación de los esfuerzos, pues la justificaciónante casos iguales tiene, necesariamente, que ser la misma, a menos que existanrazones justificadas de un cambio de criterio. Al exigir igual trato para casos iguales,la teoría justifica que el juez del caso actual omita reflexionar nuevamenteacerca del trato correspondiente al tipo de caso sometido con anterioridad a sudecisión o la de las altas cortes.Finalmente, una de las principales razones acerca de la importancia de la jurisprudenciaviene dada por la idea de justicia anclada al derecho de la igualdad. Enefecto, la idea de justicia exige una distribución igualitaria. Sin embargo, la exigenciade igualdad, desde luego, no puede ser tomada en términos absolutos, en elsentido de imponer exactamente el mismo trato a todos, cualesquiera sean lascircunstancias. Tal uniformidad absoluta no es lo que exige el ideal de justicia,pues la falta de reconocimiento de las diferencias relevantes significaría ubicar atodos en idéntica posición, cosa que no puede pretenderse. Por el contrario, nopuede considerarse injusto que se hagan distinciones, de manera que los beneficiosy las cargas, los derechos y los deberes, sean distribuidos teniendo en cuentacircunstancias condicionantes. La exigencia de igualdad encierra únicamente lapretensión de que nadie, en forma arbitraria, sea sometido a un trato que difieradel que se acuerda a otros.Esta exigencia debe ser comprendida, por tanto, en un sentido relativo, esdecir, como una exigencia de que los iguales sean tratados de la misma manera. En efecto,la exigencia de igualdad contenida en esta idea de justicia no está dirigida enforma absoluta a todos y a cada uno, sino a todos los miembros de una clase, determinadospor ciertos criterios de relevancia. La justicia, en este sentido, comopura demanda de igualdad recoge una exigencia de racionalidad, en tanto que eltrato acordado a una persona debe ser predeterminable por ciertos criterios establecidosen reglas dadas. Esta idea de justicia se presenta, pues, como opuesta a laidea de arbitrariedad.Los términos “justa” e “injusta” cobran sentido, cuando se aplican para calificarla decisión tomada por un juez o por cualquier otra persona que deba aplicaruna norma. Decir entonces que una decisión es justa, significa que ha sido tomadade manera regular, esto es, de conformidad con la norma o con el sistema denormas tomado como referencia. Se exige entonces, en el ámbito judicial, que ladecisión en examen sea el resultado de la aplicación regular e igualitaria de unanorma general.Así, esta conexión entre igualdad y la justicia se refleja en la llamada “regla dejusticia” —principio de igualdad—, que impone tratar a los iguales de manera igual y aJurípolis, año 2014, No. 15

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