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vol-3-num-15-junio-2014

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Los desafíos del Estado de Derecho 47En relación con el tema que va a ser objeto de análisis en esta ponencia, lacitada disposición establece la norma general de que el consentimiento para seresterilizado exime de responsabilidad penal. A dicha norma, se introducen variasexcepciones. En concreto, que el consentimiento se haya obtenido viciadamente,mediando precio o recompensa, o que el otorgante del mismo sea un menor o unincapaz. Para el supuesto de estas personas, ni ellas ni sus representantes puedenotorgar un consentimiento eficaz.En este contexto, el artículo 156 párr. segundo CP prevé que “sin embargo,no será punible la esterilización de persona incapacitada que adolezca de gravedeficiencia psíquica cuando aquélla, tomándose como criterio rector el del mayorinterés del incapaz, haya sido autorizada por el Juez, bien en el mismo procedimientode incapacitación, bien en un expediente de jurisdicción voluntaria, tramitadocon posterioridad al mismo, a petición del representante legal del incapaz, oído eldictamen de dos especialistas, el Ministerio Fiscal y previa exploración del incapaz”.Como puede apreciarse, esta disposición regula la posibilidad de que un juezpueda autorizar la esterilización de una persona que adolezca de una grave deficienciapsíquica. En este caso, la esterilización no será punible.No pretendemos entrar en el análisis de las diferentes cuestiones o controversiasque puede suscitar esta regulación. 8 Nuestro objetivo es centrarnos en el análisisde las cuestiones procesales más relevantes que suscita la lectura e interpretacióndel artículo 156 párr. segundo CP. En particular, y centrándonos en el objetode las garantías en la protección de los derechos fundamentales en el ámbito de lamesa en la que presentamos esta ponencia, pretendemos profundizar en el estu-8 En este sentido puede verse Silva Sánchez, J. M., La esterilización de disminuidos psíquicos (uninforme de Derecho penal comparado), PPU, Barcelona, 1988, pp. 11-14; Juanes Peces, A., “La esterilizaciónde los deficientes mentales: aspectos sustantivos y procesales. Análisis del artículo 428 del CódigoPenal”, La Ley, 1991-2, pp. 1165; Flores Pérez, A., “Problema ético y jurídico en la esterilizacióndel deficiente psíquico”, en La persona con retraso mental (incapacitación, tutela, matrimonio,esterilización, testamento, integración (AAVV), Recopilación de las ponencias de las II Jornadas sobreFundaciones Tutelares, Sevilla, marzo 1997, pp. 75-95; Seoane Rodríguez, J. A., La esterilización:Derecho español y Derecho comparado, Dykinson, 1998, pp. 5-13; Fernández Sánchez, F. C., “La esterilizaciónde incapacitados mentales y su calificación moral objetiva”, Cuadernos de Bioética, 1994/4,pp. 361-367; Cabanyes Truffino, J., “La esterilización en los enfermos mentales. Casos clínicos yconsideraciones éticas”, Cuadernos de Bioética, 1995/2, pp. 1701-172; Domper Bardají, A.; MartínezLeón, M.; Vega Gutiérrez, J., “La esterilización”, La Ley, 1996-5, pp. 1411-1413; CamareroSuárez, M., “Esterilización de incapaces y derecho a la integridad física”, Estudios en homenaje alProfesor Vidal Guitarte, tomo I, Diputación de Castelló, 1999, pp. 159-167; Seoane Rodríguez,J. A., “Aspectos éticos y jurídicos de la esterilización de personas con Síndrome de Down”, Anuarioda Facultad de Dereito da Universidad de Coruña, 1998, núm. 2, pp. 503-510; Tejedor Muñoz, F. J. yMartínez Baza, P., “Problemática de la legitimación activa en la esterilización de incapaces: elderecho de objeción de conciencia”, La Ley, 2000-2, pp. 1702-1705.Jurípolis, año 2014, No. 15

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