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vol-3-num-15-junio-2014

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La justicia constitucional en un modelo mixto de origen dual y paralelo 19ocasiones puede ser incluso la causa de la violación de los derechos fundamentalesde las partes procesales por ser sorpresiva. Nuestra tesis es que debe mantenersela competencia de todos los jueces para hacer uso de esta importante institución,pero a través de un incidente de control de constitucionalidad previo a la sentenciao de prejudicialidad constitucional, tramitado por el juez del conocimiento enprimera instancia, pero si existe recurso de apelación, el mismo sea tramitado porla jurisdicción constitucional, tal como se explicará.26. En cuanto a la decisión judicial de este modelo, no cabe duda que debeser a través de autos y no de sentencias, habida cuenta que se trata de una decisiónincidental, con carácter prejudicial a la sentencia proferida dentro del procesoordinario.2. Procesos de control de constitucionalidad de competencia objetiva27. Cuando hablamos de competencia objetiva, nos referimos a los procesoscuya finalidad es determinar la constitucionalidad de una norma jurídica, es decir,se mira el objeto, mas no al sujeto. 232.1. Control automático de constitucionalidad28. Este control puede ser previo o posterior al acto, según lo determine laConstitución, y se le atribuyó su conocimiento exclusivamente a la Corte Constitucional,pero no tiene las características de una acción, habida cuenta de que noes necesaria una demanda para tramitar el proceso. Adicionalmente es importanteresaltar que no se trata de un proceso de partes, es un claro proceso de jurisdicciónvoluntaria en materia constitucional. Por esta vía se tramita lo siguiente:2.1.1. Control previo de constitucionalidad29. (A) Los proyectos de ley objetados por inconstitucionalidad por el presidentede la República, cuando el Congreso insiste en mantener el proyecto reguladoen los artículos 167, inciso 3º. y 241, numeral 8º. de la C. N., así como por losartículos 23 a 35 del decreto 2067 de 1991. 2423 Sobre los procesos constitucionales en Colombia, puede consultarse a Blanco Zúñiga,Gilberto Augusto, “Los procesos constitucionales. Una primera aproximación a sus características”,en Competencias de consultorios jurídicos en los programas de derecho. Manual práctico, Barranquilla, EdicionesUninorte, 2004.24 Cfr. Tobo Rodríguez, Javier, La Corte Constitucional y el control de constitucionalidad en Colombia,op. cit., pp. 200-203.Jurípolis, año 2014, No. 15

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