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vol-3-num-15-junio-2014

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El juicio político en el contorno del control de constitucionalidad 1297) 15:30 hs. Alegatos (30 minutos cada parte), que fueron presentados por laspartes.8) 16:30 hs. Deliberación del Senado, luego, sentencia condenatoria, en menosde 40 minutos.9) 18:00 hs. Se le tomaba juramento al nuevo presidente.Desde la notificación de la acusación hasta el juramento del nuevo presidentetranscurrieron 23 horas. Esto ameritó que varios medios periodísticos le hayanotorgado el mote de “juicio político express”.2. Anormalidades cometidas2.1. Vulneración del debido proceso. Se cometieron violaciones a las garantías deldebido proceso, en el tramite procedimental ante el Senado, que sin dudarlo,atentaron contra principios básicos del proceso. Se llegó al extremo de violentarpreceptos constitucionales consagrados en los artículos 15, 16 y 17 de la CartaMagna.2.2. Irregularidades del libelo acusatorio. Partiendo del análisis del libelo acusatoriopresentado por la Cámara de Diputados 38 en el juicio político, según los fiscalesacusadores todas las consideraciones expuestas eran de público conocimiento yno necesitaban ser demostradas según el ordenamiento jurídico vigente, al habercatalogado a los acontecimientos como hechos notorios que no merecen prueba.El error conceptual cometido fue de trascendencia.Podríamos finalizar este tópico afirmando que el entonces presidente LugoMéndez fue destituido sin prueba alguna en su contra, basando esta contundenteaserción en que en el juicio político en estudio no se diligenciaron pruebas (eso sífue un hecho notorio) que justificaran la responsabilidad del acusado.2.3. Duración del proceso. Otra circunstancia llamativa lo constituyó la duraciónintegral del juicio político, pues desde la acusación hasta la sentencia de destituciónno pasaron 24 horas.El trámite también es atentatorio de postulados constitucionales contenidosen la Carta Magna, consagrados en el Art. 17, inc. 7, que regula: “…disponer… demedios y plazos indispensables para la preparación de su defensa…”Si bien es cierto que el plazo indispensable para la defensa en su determinaciónconcreta, resulta absolutamente discrecional para la institución que lo esta-38 Texto del libelo acusatorio en: http://www.ultimahora.com/adjuntos/imagenes/000/432/0000432478.pdfJurípolis, año 2014, No. 15

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