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JUSTIÇA NO EXTERIOR •<br />

EL UNIVERSAL • ECONOMÍA • 17/9/2011<br />

Estiman que Ley de Alquileres limita disposición de la propiedad<br />

MAYELA ARMAS H.<br />

La Comisión de Administración<br />

y Servicios la próxima<br />

semana enviará a la plenaria<br />

del Parlamento la reforma de<br />

la Ley de Arrendamientos y a<br />

juicio de los inmobiliarios<br />

esa modificación del marco<br />

legal limita la disposición de<br />

la propiedad privada y cambia<br />

la figura de las expropiaciones,<br />

porque no son por<br />

causa de utilidad pública e<br />

interés social. El presidente<br />

de la Asociación de Propietarios<br />

de Inmuebles Urbanos<br />

(Apiur), Roberto Orta, considera<br />

que ante las últimas<br />

disposiciones aprobadas se<br />

busca "disminuir la propiedad<br />

de los inmuebles alquilados,<br />

perpetuando a los inquilinos<br />

en las viviendas".<br />

Esta semana los diputados<br />

aprobaron las últimos artículos<br />

para concretar el informe<br />

final y las disposiciones que<br />

tuvieron el visto bueno fueron<br />

las correspondientes al<br />

método de cálculo de arrendamiento,<br />

las sanciones y el<br />

procedimiento de venta de<br />

las viviendas que están ubicadas<br />

en los edificios destinados<br />

al alquiler.<br />

En una de las disposiciones<br />

transitorias se ordena a los<br />

propietarios de los edificios<br />

en alquiler y de vieja data a<br />

vender las viviendas a los<br />

inquilinos en un lapso de 180<br />

días, luego de la entrada de<br />

vigencia del texto. Si los<br />

propietarios no realizan la<br />

oferta en el lapso previsto en<br />

la ley, la Superintendencia de<br />

Arrendamientos publicará<br />

carteles dos veces a la semana<br />

por 30 días solicitando la<br />

presencia de los dueños de<br />

los edificios. Si los dueños<br />

no comparecen, el organismo<br />

expropiará los inmuebles.<br />

Según el texto, la Superintendencia<br />

de Arrendamiento<br />

determinará el valor de venta<br />

de los inmuebles y para ello<br />

será considerado el estado de<br />

las bienhechurías, "en ningún<br />

caso se tomarán en cuenta<br />

para el cálculo el valor de la<br />

tierra, los factores de ubicación<br />

y los precios de mercado".<br />

Roberto Orta señala que dichos<br />

artículos limitan el atributo<br />

de la disposición de la<br />

propiedad privada que está<br />

previsto en el artículo 115 de<br />

la Constitución, debido "a<br />

que nadie puede ser obligado<br />

a vender o a comprar".<br />

Apunta que ante la fijación<br />

del precio de venta "se desconoce<br />

el valor de la tierra de<br />

los edificios en arrendamiento,<br />

lo que implica confiscar<br />

los terrenos, al no reconocerse<br />

su valor".<br />

Sanciones<br />

Las expropiaciones no sólo<br />

se contemplan por el incumplimiento<br />

de la disposición<br />

transitoria sobre la venta de<br />

inmuebles, también están<br />

previstas en las sanciones.<br />

El propuesta de ley se contemplan<br />

multas entre 50 y<br />

1.000 unidades tributarias<br />

(3.800 bolívares a 76.000<br />

bolívares). El texto agrega<br />

que si el propietario reincide<br />

una vez en las faltas las multas<br />

se duplican y a la tercera<br />

vez se le expropian los bienes<br />

siempre que posea más<br />

de 5 inmuebles.<br />

En su análisis del texto, el<br />

presidente de Apiur comenta<br />

que "todas las multas son<br />

para el propietario y son extremadamente<br />

altas" y añade<br />

que "las expropiaciones por<br />

reincidencia en multas desnaturaliza<br />

la figura de la expropiación<br />

que es por causa de<br />

utilidad publica o interés<br />

social".<br />

Sin aclarar<br />

Roberto Orta señala que existen<br />

aspecto en el proyecto<br />

que generan dudas, debido a<br />

que en las disposiciones finales<br />

no se deroga la congelación<br />

de alquileres y por ello,<br />

expresa que "los arrendamientos,<br />

después de la vigencia<br />

del marco legal, seguirán<br />

regulados".<br />

El abogado apunta que tampoco<br />

fue derogada la Ley<br />

contra los Desalojos Arbitrarios<br />

de Vivienda, de manera<br />

que "ello afecta la recuperación<br />

del inmueble alquilado,<br />

sin importar la causal de desalojo".<br />

En el proyecto de reforma de<br />

la Ley de Arrendamientos<br />

todos los artículos correspondientes<br />

a los desalojos,<br />

remiten a la ley que autorizó<br />

el Gobierno. Ese texto indica<br />

que si las autoridades fallan a<br />

favor del dueño del inmue-<br />

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