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Marco Jurídico de la Educación en Panamá<br />

164<br />

Mgtr. Andrés Sue González<br />

REPÚBLICA DE PANAMÁ<br />

MINISTERIO DE EDUCACIÓN<br />

DECRETO EJECUTIVO No. 21<br />

(19 de febrero de 1998)<br />

“Por el cual se establece el Traslado de los Educadores que Prestan Servicios en Áreas de Difícil<br />

Acceso”.<br />

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA<br />

en uso de sus facultades constituciones y legales,<br />

CONSIDERANDO:<br />

Que una considerable cantidad de educadores prestan servicios en áreas de difícil acceso, lo que les<br />

imposibilita continuar estudios superiores o universitarios para la preparación académica necesaria para<br />

la formación integral del estudiante;<br />

Que el Ministerio de Educación está promoviendo el proceso de modernización de la educación nacional,<br />

lo que significa necesariamente la preparación académica de los miembros del personal docente que<br />

participan del proceso educativo;<br />

Que el Ministerio de Educación debe promover las medidas adecuadas para que el personal docente que<br />

ejerce funciones en áreas de difícil acceso, tenga la oportunidad de ingresar a centros de educación<br />

superior.<br />

DECRETA.<br />

Artículo 1. El educador que complete cuatro (4) años, como mínimo en áreas de difícil acceso, tendrá<br />

derecho a ser trasladado automáticamente a áreas de fácil acceso.<br />

Artículo 2. El Ministerio de Educación adoptará las medidas necesarias para dar cumplimiento a este<br />

Decreto, de conformidad con el procedimiento que al efecto establece el Decreto Ejecutivo 203 de 27 de<br />

septiembre de 1996.<br />

Artículo 3. Este Decreto empezará a regir a partir de su promulgación y deroga cualquier disposición<br />

sobre la materia que le sea contraria.<br />

Dado en la ciudad de Panamá, a los diecinueve (19) días del mes de febrero de mil novecientos noventa y<br />

ocho (1998).<br />

COMUNÍQUESE Y PUBLÍQUESE<br />

PABLO A. THALASSINOS,<br />

Ministro de Educación.<br />

ERNESTO PÉREZ BALLADARES,<br />

Presidente de la República.

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