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Marco Jurídico de la Educación en Panamá<br />

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Mgtr. Andrés Sue González<br />

circulares y otros, que permitan lograr la consistencia de los criterios y requisitos que sustentan<br />

la formalización transparente de una transacción administrativa o financiera en la institución.<br />

c. Efectuar el refrendo electrónico en el Sistema Integrado de Administración Financiera de Panamá<br />

(SIAFPA) de las transacciones y desembolsos que se realizan en el Ministerio de Educación, a<br />

nivel nacional, según su monto.<br />

d. Formular políticas de medidas preventivas y correctivas necesarias para incrementar la eficiencia,<br />

eficacia y calidad en el manejo administrativo y financiero.<br />

e. Supervisar y Orientar a las oficinas de Cumplimiento de Trámites Administrativo y Financiero<br />

Regional que se organicen en cada región educativa, para que cumplan con eficiencia las<br />

funciones encomendadas.<br />

f. Ejercer otras funciones que se te deleguen en materia de verificación de actos administrativos y<br />

financieros de la institución.<br />

g. Adoptar las Guías de Fiscalización de la Contraloría General de la República, aprobadas mediante<br />

Decreto Núm. 190-DFG del 2 de julio de 2009.<br />

Artículo 4. La Dirección Nacional de Cumplimiento de Trámites Administrativos y Financieros contará al<br />

menos con los siguientes funcionarios:<br />

a. Un Director.<br />

b. Un Subdirector.<br />

c. Supervisores Nacionales.<br />

d. Asistentes de Cumplimiento Trámites Administrativos y Financieros Regional.<br />

e. Abogados e Ingenieros.<br />

f. Personal de apoyo.<br />

Los cargos que no estén definidos en el Manual de clases ocupacionales de la institución serán creados e<br />

incorporados en el mismo.<br />

Artículo 5. Para ser Director de la Dirección Nacional de Cumplimiento de Trámites Administrativos y<br />

Financieros del Ministerio de Educación se requerirá:<br />

a. Poseer título universitario en Contabilidad, Finanzas, Administración o Derecho.<br />

b. Poseer maestría en Auditoria, Finanzas, Administración o Derecho Administrativo.<br />

c. Poseer experiencia mínima de cuatro (4) años en labores de administración, finanzas o auditoria<br />

en el sector público o privado.<br />

d. No haber sido condenado por delitos contra la administración pública y/o el patrimonio donde se<br />

hubieren afectado bienes del Estado.<br />

Artículo 6. La Dirección Nacional de Cumplimiento de Trámites Administrativos y Financieros estará bajo<br />

la coordinación del Viceministerio Administrativo de Educación, conforme a lo establecido en el artículo 3<br />

de la Ley 43 de 14 de julio de 2008.<br />

Artículo 7. Autorizar al Ministerio de Educación para que incluya en el presupuesto fiscal las partidas y<br />

recurso humano correspondiente a la Dirección Nacional y a las Oficinas de Cumplimiento de Tramites<br />

Administrativo y Financiero Regionales.<br />

Artículo 8. El presente Decreto Ejecutivo comenzará a regir a partir de su promulgación.<br />

Dado en la Ciudad de Panamá, a los (17) días del mes de mayo de dos mil once (2011).<br />

COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE.<br />

LUCY MOLINAR<br />

Ministra de Educación<br />

RICARDO MARTINELLI B.<br />

Presidente de la República

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