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Tareas a Futuro<br />

• Continuación de los programas de capacitación orientados a: líderes cooperativistas de<br />

federaciones y centrales de cooperativas, servidores públicos, y público en general de<br />

las 9 capitales departamentales mediante convenios con organismos no gubernamentales<br />

y de la cooperación internacional.<br />

• Conversaciones con la Organización Internacional del Trabajo, OIT con sede en Lima,<br />

para la formación de una Fundación con la participación de las cooperativas a nivel<br />

nacional.<br />

• Mejora en la atención de los servicios a los cooperativistas mediante la organización y el<br />

funcionamiento del Consejo Nacional de Cooperativas (CONALCO). El Viceministerio de<br />

Cooperativas, a través de la Dirección General de Cooperativas continuará asumiendo<br />

las funciones y atribuciones del ex - INALCO, en estricto cumplimiento del Supremo N°<br />

27441 de 7 de abril de 2004, hasta que sea repuesta la Dirección Nacional de Cooperativas<br />

y como parte del Convenio con FENCOMIN asumido por el Supremo Gobierno en 18 de<br />

mayo del año en curso.<br />

• Impulso con mayor vigor la adecuación de cooperativas de ahorro y crédito cerradas,<br />

que hasta la fecha solamente han procedido de acuerdo al D.S. 25703, en un 37% del<br />

total de 100 organizadas en este sector (se hallan adecuadas 38 cooperativas de A y C).<br />

Se seguirá impulsado el Proyecto para la creación de la Fundación de Fomento Cooperativo,<br />

con la cooperación de la Organización Internacional del Trabajo (OIT) de Lima, Perú,<br />

para buscar su viabilidad financiera.<br />

SUPERINTENDENCIA DEL SERVICIO CIVIL<br />

Principales Objetivos<br />

1. Supervisar el régimen y gestión de la Carrera Administrativa en Bolivia en las entidades<br />

públicas sujetas al ámbito de su competencia y orientar a aquellas entidades con<br />

sistemas de carrera de legislación especial.<br />

2. Conocer y resolver los recursos jerárquicos planteados por aspirantes a funcionarios de<br />

carrera o funcionarios de carrera públicos, relativos a controversias sobre ingreso,<br />

promoción o retiro de la función pública o aquellos derivados de procesos disciplinarios,<br />

en el marco del Estatuto del Funcionario Público.<br />

3. Realizar la incorporación de los funcionarios públicos que reúnan las condiciones<br />

previstas en el Estatuto del Funcionario Público a la Carrera Administrativa establecida<br />

en el Título III de dicha disposición legal.<br />

4. Promover en las entidades públicas sujetas al ámbito de aplicación del Estatuto del<br />

Funcionario Público la implantación de Códigos de Ética.<br />

5. Velar por la transparencia, legalidad y legitimidad de los procesos de selección<br />

realizados por las entidades públicas para cubrir cargos en sus organizaciones.<br />

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