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“CONTRADICCIÓN DE TESIS DE TRIBUNALES COLEGIADOS DE ...

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CONTRADICCIÓN <strong>DE</strong> <strong>TESIS</strong> 89/2004-SS<br />

procedimientos que estructuran el régimen ejidal. En atención a lo<br />

expuesto, se concluye que la existencia del título de propiedad a<br />

que se refiere el indicado artículo 69 determina si el promovente<br />

del juicio de garantías que impugna una resolución vinculada con<br />

solares urbanos es sujeto de derecho común o de derecho<br />

agrario, de manera que si cuenta con el título de propiedad será<br />

competencia de los tribunales del orden común el conocimiento<br />

de los conflictos suscitados por su tenencia, y si carece de él, la<br />

competencia se surtirá a favor de los tribunales agrarios, ya que<br />

los solares no han sido segregados del ejido.<br />

SOLARES URBANOS. PARA <strong>DE</strong>TERMINAR LA<br />

OPORTUNIDAD <strong>DE</strong> LA PRESENTACIÓN <strong>DE</strong> UNA <strong>DE</strong>MANDA<br />

<strong>DE</strong> AMPARO CONTRA UNA RESOLUCIÓN VINCULADA CON<br />

ELLOS, EL JUZGADOR <strong>DE</strong>BERÁ VERIFICAR SI SE CUENTA<br />

CON EL TÍTULO A QUE SE REFIERE EL ARTÍCULO 69 <strong>DE</strong> LA<br />

LEY AGRARIA. Si el poseedor de un solar urbano tiene el título<br />

de propiedad a que se refiere el citado artículo y dicho bien tiene<br />

características de propiedad privada, aquél no puede recurrir a las<br />

autoridades agrarias, sino a la jurisdicción común, ya que al<br />

quedar desincorporado formalmente dicho solar del núcleo ejidal<br />

deja de tener las prerrogativas que en materia agraria se le<br />

conceden, por lo que su naturaleza jurídica será la de cualquier<br />

particular, incluso en materia de amparo. Por otra parte, si el<br />

poseedor de un solar urbano carece de título, no obstante que tal<br />

inmueble tenga las características de propiedad privada, seguirá<br />

contando con los privilegios con los que en materia agraria se<br />

trata a los sujetos de ese derecho, así como los que otorga la<br />

materia de amparo. Así, para determinar si la promoción de la<br />

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