12.05.2013 Views

“CONTRADICCIÓN DE TESIS DE TRIBUNALES COLEGIADOS DE ...

“CONTRADICCIÓN DE TESIS DE TRIBUNALES COLEGIADOS DE ...

“CONTRADICCIÓN DE TESIS DE TRIBUNALES COLEGIADOS DE ...

SHOW MORE
SHOW LESS

Create successful ePaper yourself

Turn your PDF publications into a flip-book with our unique Google optimized e-Paper software.

CONTRADICCIÓN <strong>DE</strong> <strong>TESIS</strong> 89/2004-SS<br />

artículos 21, 22 y 218.” ---- También necesario es<br />

transcribir el texto de los artículos 21 y 218 de la<br />

Ley de Amparo, que menciona la autoridad<br />

responsable. “ARTÍCULO 21. El término para la<br />

interposición de la demanda de amparo será de quince<br />

días. Dicho término se contará desde el día siguiente al<br />

en que haya surtido efectos, conforme a la ley del acto,<br />

la notificación al quejoso de la resolución o acuerdo<br />

que reclame; al en que haya tenido conocimiento de<br />

ellos o de su ejecución, o al en que se hubiese<br />

ostentado sabedor de los mismos”. “ARTÍCULO 218.”<br />

(Lo transcribe). ---- Así, se tiene que el artículo 21, de<br />

la Ley de Amparo establece el término genérico de<br />

quince días dentro del cual debe presentarse una<br />

demanda de amparo, y precisa las hipótesis bajo<br />

las cuales debe computarse el lapso respectivo;<br />

por su parte, el numeral 218, del ordenamiento<br />

legal en cita consigna la regla especial, ya que<br />

dispone que el término para interponer la demanda<br />

de garantías será de treinta días, siempre y cuando<br />

los actos reclamados puedan causar perjuicio a los<br />

derechos individuales de ejidatarios o comuneros.<br />

---- Es necesario precisar que ninguno de los dos<br />

preceptos establece que el plazo para la<br />

interposición de la demanda de garantías dependa<br />

de la naturaleza jurídica de un bien, como en el<br />

caso lo quiere hacer creer la autoridad<br />

responsable, en una afirmación que se estima<br />

errónea en la medida que la única distinción que<br />

49

Hooray! Your file is uploaded and ready to be published.

Saved successfully!

Ooh no, something went wrong!