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documento - Defensor del Pueblo

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Recomendación 21/2003, de 3 de febrero, sobre recuperaciónde oficio, por parte <strong>del</strong> Ayuntamiento, de un camino públicoocupado por un vecino.(BOCG. Cortes Generales. VIII Legislatura. Serie A. Núm. 15,pág. 490.)Es de referencia su escrito de fecha 8 de noviembre último (s/ref. n.º1497) remitiendo información relativa a la queja presentada ante estaInstitución por don (...), y registrada con el número de expediente arribareseñado.Del contenido de su referido informe y <strong>del</strong> resto de los antecedentesque obran en el expediente se desprende que, tal y como afirmabael promotor de la queja, se ha producido la ocupación de un caminopúblico.En relación con dicha ocupación el Pleno de ese Ayuntamiento, enla sesión ordinaria celebrada el 25 de junio de 2001, adoptó, entre otrosacuerdos, iniciar su recuperación de oficio requiriendo al vecino causantede la ocupación para que repusiera el camino interceptado al estadoen que se encontraba anteriormente y dejase expedita la vía deacceso al mismo, sin que dicho requerimiento haya sido atendido hastael momento a pesar <strong>del</strong> tiempo transcurrido desde la adopción <strong>del</strong>acuerdo.En base a cuantas consideraciones han quedado expuestas esta Institución,en el ejercicio de la responsabilidad que le confiere el artículo54 de la Constitución, y al amparo <strong>del</strong> artículo 30 de la Ley Orgánica3/1981, de 6 de abril, <strong>del</strong> <strong>Defensor</strong> <strong>del</strong> <strong>Pueblo</strong>, viene a formular a Vd. lasiguiente recomendación: «Que, de conformidad con lo previsto en elacuerdo plenario antes referido, habiendo incumplido el vecino causantede la ocupación <strong>del</strong> camino vecinal el plazo concedido para reponer elcamino a su estado anterior, se proceda a la ejecución forzosa <strong>del</strong> acuer­87

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