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documento - Defensor del Pueblo

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RECOMENDACIONES 124/2003concentración y coordinación con sometimiento pleno a la Ley y al Derecho».Merece también destacar que, conforme dispone el artículo 4 de lacitada Ley «la Administración general <strong>del</strong> Estado, las de las comunidadesautónomas y las entidades que integran la Administración local deberáncolaborar y auxiliarse para aquellas ejecuciones de sus actos quehayan de realizarse fuera de sus respectivos ámbitos territoriales decompetencias», añadiendo que «cuando estas relaciones, en virtud <strong>del</strong>principio de colaboración, tengan como finalidad la toma de decisionesconjuntas que permitan en aquellos asuntos que afectan a sus competenciascompartidas o exijan articular una actividad común entre ambasadministraciones, una actividad más eficaz de las mismas, se ajustarána los instrumentos y procedimientos de cooperación a que se refieren losartículos siguientes». Así, podrían recurrirse a los convenios de colaboracióncontemplados en el artículo 6, sin perjuicio de valorar la oportunidadde acudir a cualquier otro de los procedimientos legalmente establecidos.Por lo expuesto, y de conformidad con lo dispuesto en los artículos28 y 30 de la Ley Orgánica 3/1981, de 6 de abril, reguladora <strong>del</strong> <strong>Defensor</strong><strong>del</strong> <strong>Pueblo</strong>, procedemos a formular la siguiente recomendación:«Que por esa Administración Pública, en virtud <strong>del</strong> principio de colaboracióny coordinación que ha de presidir las relaciones entre las diferentesadministraciones públicas, según viene contemplado en el artículo103 de la Constitución e igualmente reflejado en el artículo 3 ysiguientes de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicasy <strong>del</strong> Procedimiento Administrativo Común, y atendiendo a lasconsideraciones efectuadas en el presente escrito, se haga el esfuerzo deaunar criterios con la Secretaría de Estado de Infraestucturas <strong>del</strong> Ministeriode Fomento y, en su caso, con el Ayuntamiento de Torres de laAlameda con el fin de propiciar alguna actuación que permita resolverel problema que tienen los ciudadanos afectados por la construcción <strong>del</strong>a Plataforma de la Línea de Alta Velocidad Madrid-Zaragoza-Barcelona-FronteraFrancesa».Madrid, 6 de octubre de 2003.Recomendación dirigida al Consejero de Obras Públicas,Urbanismo y Transportes de la Comunidad de Madrid.549

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