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documento - Defensor del Pueblo

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Recomendación 143/2003, de 7 de noviembre, sobre funcionariosde Administración local con habilitación de carácter nacional.(BOCG. Cortes Generales. VIII Legislatura. Serie A. Núm. 15,pág. 524.)Nuevamente nos dirigimos a V. I. con motivo de la realización <strong>del</strong> informemonográfico sobre la interinidad en el empleo público, una vez recibidoslos datos solicitados a las distintas administraciones públicas y,finalizada la elaboración <strong>del</strong> mismo, para su entrega por el <strong>Defensor</strong> <strong>del</strong><strong>Pueblo</strong> a las Cortes Generales.Sin perjuicio de que, cuando se disponga de ejemplares suficientes,se remita a esa Dirección General el estudio completo elaborado, se leacompaña ahora una copia <strong>del</strong> capítulo en el que se recogen las conclusionesque afectan a las competencias que esa Administración <strong>del</strong> Estadotiene sobre los funcionarios de Administración local con habilitaciónde carácter nacional, agradeciéndole, una vez más, la colaboración queha prestado a esta Institución para la realización <strong>del</strong> citado trabajo.De las conclusiones obtenidas y de la situación observada, se ha derivadola necesidad de plantear, de acuerdo con lo establecido en los artículos28 y 30 de la Ley Orgánica 3/1981, de 6 de abril, por la que nosregimos, las recomendaciones que a continuación se exponen y que tambiénse remiten a las distintas comunidades autónomas por incidir, igualmente,en sus competencias sobre esta clase de funcionarios:Primera. Que los órganos competentes (sean de la Administración<strong>del</strong> Estado, de la Comunidad autónoma respectiva o de la propia corporaciónlocal) no puedan nombrar a quien sea funcionario de Administraciónlocal con habilitación de carácter nacional para que ocupe un puestovacante reservado a este tipo de funcionarios si no lleva más de dosaños en el último destino obtenido con carácter definitivo. Así se evita619

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