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documento - Defensor del Pueblo

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Recomendación 87/2003, de 1 de julio, sobre prevención ycorrección <strong>del</strong> ruido generado por actividades molestas.(BOCG. Cortes Generales. VIII Legislatura. Serie A. Núm. 15,pág. 493.)Se ha recibido escrito de V. I. de fecha 10 de marzo de 2003, referentea la queja arriba referenciada, formulada por don (...).La actuación municipal, partiendo de una interpretación errónea <strong>del</strong>Reglamento de Actividades Molestas, Insalubres, Nocivas y Peligrosas(RAMINP) 1961, está dando un trato benevolente —a juicio de esta Institución—al titular <strong>del</strong> local molesto. Los artículos 35, 36 y 37 de esteReglamento, invocados por la Alcaldía en sus resoluciones conminatoriaspara que se subsanen las deficientes condiciones de insonorización, noprescriben exactamente que haya de requerirse una ni dos veces la subsanaciónde deficiencias antes de clausurar un local molesto que se resistea adoptar medidas correctoras. La clausura de un local que producemolestias denunciadas y constatadas puede adoptarse desde el momentoen que se constaten, como medida cautelar. En el presente caso el atentadoal medio ambiente ha quedado constatado, pero el Ayuntamiento seescuda en el artículo 40 RAMINP (aplicable en expedientes sancionadoresque no existen en este momento que se sepa) y no para clausurar cautelaro definitivamente el local, sino «para suspender la licencia».En el presente caso no se está discutiendo el derecho <strong>del</strong> titular <strong>del</strong>local molesto a disfrutar de licencia, sino el derecho de los vecinos a nosufrir molestias, y ello no puede obtenerse sino, tras un razonable primerrequerimiento e incluso sin él, mediante la clausura y precinto material<strong>del</strong> local, mediante la imposibilidad real y efectiva de que se sigamolestando sin derecho alguno al vecindario. Es evidente que tras variasmultas, una sancionadora y dos coercitivas, el titular <strong>del</strong> local estádesarrollando su actividad ilegítimamente y los vecinos padeciendo mo­357

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